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viernes 20/11/2009
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Título

La Embajada

Las funciones de la Embajada consisten principalmente en: 

  1. Representar al Estado español ante el Estado receptor
  2. Proteger en el Estado receptor los intereses del Estado español y los de sus nacionales dentro de los límites permitidos por el Derecho Internacional
  3. Negociar con el Gobierno del Estado receptor
  4. Enterarse por todos los medios lícitos de las condiciones y de la evolución de los acontecimientos en el Estado receptor e informar sobre ellos al Gobierno español.
  5. Fomentar las relaciones amistosas y desarrollar las relaciones económicas culturales y científicas entre los dos Estados

Corresponde al Embajador de España la coordinación de todos los órganos de la Administración del Estado en el Exterior, al objeto de garantizar, de acuerdo con el principio de unidad de acción, que sus actuaciones en el exterior sean acordes con las directrices de la política exterior definidas por el Gobierno.

Actualizado: 22/04/2008 14:27

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