Embajada de España en Managua
jueves 09/02/2012
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Embajada de España en Managua

Actualidad
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CONVOCATORIA DE ELECCIONES  

Han sido convocadas las ELECCIONES AL PARLAMENTO DE ANDALUCÍA Y A LA JUNTA GENERAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, que se celebrarán el próximo domingo 25 de marzo de 2011.

 

Los ESPAÑOLES RESIDENTES EN EL EXTRANJERO que deseen ejercer su derecho de sufragio deberán figurar en el censo electoral de residentes ausentes (CERA) inscritos por algún municipio de Andalucía o Asturias. A estos efectos, la lista electoral estará disponible para ser consultada en la Sección Consular de esta Embajada entre los días 6 y 13 de febrero, ambos inclusive. En este período, cualquier persona podrá presentar su oportuna reclamación contra su exclusión o inclusión indebida, así como actualizar sus datos de inscripción en caso de que hayan cambiado o no sean correctos los que figuren en la lista.

 

Todos los electores deberán solicitar la documentación para votar del 31 de enero al 25 de febrero, ambos inclusive, a la correspondiente Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, mediante impreso oficial, disponible en la Sección Consular de la Embajada así como en la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación (www.maec.es, Servicios al Ciudadano). Al impreso de solicitud se acompañará fotocopia de pasaporte o DNI o, en su defecto, certificado de inscripción en el Registro de Matrícula Consular. La solicitud se podrá cursar por correo postal o fax.

 

Una vez recibida la documentación de voto por la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, para ejercer su derecho al voto, el elector podrá optar por una de estas dos modalidades:

 

a)      Depósito personal en urna en la Sección Consular de la Embajada entre los días 21 y 23 de marzo, ambos inclusive.

 

b)      Envío de su voto por correo certificado a la Sección Consular de la Embajada, no más tarde del 20 de marzo. En este caso, el elector, siguiendo las instrucciones contenidas en la hoja informativa, incluirá en el sobre dirigido a la Junta Electoral Provincial la correspondiente documentación. Una vez cerrado, escribirá nombre, apellidos y dirección en el remite. Ese sobre, junto con un certificado de inscripción en el censo, serán introducidos en el sobre dirigido a la Sección Consular de la Embajada, donde también deberá hacer constar nombre, apellidos y dirección. Es indispensable que en el sobre conste claramente un matasellos con la fecha.

 

Se recuerda que a estos efectos la expedición de certificados de inscripción en el Registro de Matrícula Consular es totalmente gratuita.

 

 

Los ESPAÑOLES RESIDENTES EN EL EXTRANJERO QUE SE ENCUENTREN TEMPORALMENTE EN ESPAÑA podrá solicitar el voto por correo hasta el 15 de marzo ante cualquier oficina del Servicio de Correos en España.

 

Los ESPAÑOLES RESIDENTES EN ESPAÑA QUE SE ENCUENTREN TEMPORALMENTE EN EL EXTRANJERO deberán solicitar la documentación para votar a la correspondiente Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, no más tarde del 25 de febrero. La solicitud, disponible en la Oficina Consular o en la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación (www.maec.es, Servicios al Ciudadano), deberá ser entregada por el elector en la Oficina Consular, en la que deberá figurar inscrito como No Residente o se le inscribirá como tal.

 

La Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente remitirá al elector, al domicilio en el extranjero indicado en la solicitud, la documentación para que pueda ejercer su voto, que deberá enviar a la Mesa Electoral, por correo certificado, no más tarde del 21 de marzo.

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CONSEJO DE RESIDENTES ESPAÑOLES EN NICARAGUA (CRE)

 

El CRE es un órgano de carácter consultivo adscrito a la Oficina Consular, creado por un Real Decreto, en 1997 y que existe ya en 49 lugares del mundo.

Su objetivo fundamental es velar para que los españoles y españolas residentes en el extranjero, puedan gozar de los mismos derechos que las leyes les conferirían si vivieran en España.

Son tareas del CRE

-          Encauzar hacia la Oficina Consular cuantas cuestiones de interés general o particular de la comunicada española estime oportuno.

-          Proponer medidas para mejorar el servicio consular.

-          Difundir entre la comunicad española las medidas de interés adoptadas por las autoridades españolas, ayudas, subvenciones, y otros tipos de derechos y obligaciones y apoyar en esta tareas

-          Cooperar con la Oficina Consular o con otras instituciones en todo tipo de actividades que se desarrollen en beneficio de la comunidad española.

-          Colaborar con las autoridades españolas, centrales y autonómicas, en las convocatorias electorales o para revisión del censo.

 

El CRE de Nicaragua se creó en el mes de noviembre de 2008, tras unas elecciones entre los residentes españoles registrados en la Oficina Consular. Está formado por 7 miembros y tiene un período de actuación de 4 años. Su trabajo es absolutamente voluntario sin ningún tipo de remuneración.

 

A fin de poder informar a la comunidad española y recibir sus sugerencias, le solicitamos desde el CRE que nos facilite su e-mail y su teléfono, con la garantía de la natural confidencialidad de estos datos.

Dirigirse, por favor, al correo crenicaragua@gmail.com o al teléfono 8996 3396

Actualizado: 08/02/2012 23:51
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