domingo 21/03/2010
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Consulado de España en SãoPaulo

Avisos Consulares

Avisos Consulares 

VISADOS:  Desde el 26 al 30 de marzo, ambos incluidos, debido a procesos de mantenimiento  informático, no se podrá emitir visados, aunque sí se atenderá al público de esta Sección y se podrá igualmente dar entrada a las solicitudes de visados.

El día 24 de marzo, a las 19.00h, en el Colegio Miguel de Cervantes, tendrá lugar la celebración del DÍA DE LA UNED (Universidad Nacionalidad de Educación a Distancia)

CONVOCATORIA DE UNA PLAZA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO, TEMPORAL

Lista Definitiva de Admitidos y puntuación del concurso 

NACIONALIDAD:

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se amplía en un año el plazo para ejercer el derecho de optar a la nacionalidad española, recogido en la Disposición Adicional Séptima de la Ley de 26 de diciembre de 2007 por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura.

PASAPORTES: 

Todas las solicitudes de pasaporte deben ser realizadas personalmente en este Consulado General en Sao Paulo, con cita previa (agendamento), solicitada enviando un e-mail a: cog.saopaulo@maec.es.

Sólo los menores de 12 años o en casos de inmovilidad se podrán seguir tramitando en los Consulados y Viceconsulados Honorarios.

APERTURA DE LAS OFICINAS:

 Este Consulado General permanecerá cerrado al público del 1 al 5 de abril de 2010, ambos inclusive.

Convocatoria de ayudas económicas individuales a gallegos residentes en el exterior (Xunta de Galicia, plazo: 31 de marzo)

BECAS MAEC-AECID

ACUERDO PARA RECONOCIMIENTO MUTUO PERMISOS CONDUCIR ESPAÑA-BRASIL

CONSERVACIÓN DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA PARA LOS NACIDOS EN EL EXTRANJERO DESPUÉS DEL 9 DE ENERO DE 1985:

En virtud del art 24.3 del Código Civil, los residentes en el extranjero nacidos después del 9 de enero de 1985, cuyos padres hayan nacido también en el extranjero, pueden, dependiendo de la forma de adquisición de la nacionalidad española, perder la nacionalidad española, si antes de los 21 años, no realizan una declaración de voluntad de conservar la nacionalidad española, ante el Registro Civil del Consulado General.

Por ello, en estos casos, es conveniente informarse en este Consulado General para saber si es necesario llevar a cabo dicha "Declaración de Voluntad de conservar" antes de los 21 años, para no perder la nacionalidad española.

PARA UNA MAYOR EFICACIA EN EL SERVICIO, LE SUGERIMOS TENGA EN CUENTA:

  • Si cambia de domicilio, notifíquelo inmediatamente a este Consulado.
  • Antes de trasladarse definitivamente a España deben solicitar la baja en este Consulado. Igualmente, debería tramitar, con la antelación posible un "NIF" provisional.

 RETORNO VOLUNTARIO DE TRABAJADORES EXTRANJEROS A SUS PAISES DE ORIGEN

Actualizado: 16/03/2010 18:21

© Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de España 2010
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