Paises a los que pueden viajar los españoles sin visado:
Puede consultar la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación:
http://www.mae.es/
Debe seleccionar: “Servicios Consulares” y “Recomendaciones de viaje”.
También puede consultar la página web del Ministerio del Interior:
http://www.mir.es/
Debe seleccionar: "Información sobre trámites", “Pasaportes” y “Salidas al extranjero”.
En todo caso deberá ponerse en contacto con la Representación Diplomática u Oficina Consular del país del que se trate.
Carnet de conducir:
El carnét de conducir solo lo renueva la Dirección General de Tráfico de España. Sin embargo, si desea renovarlo a través de este Consulado deberá enviarnos por correo o traer en persona los siguientes documentos:
- Solicitud de prórroga de vigencia a la correspondiente Jefatura Provincial de Tráfico (se puede obtener a través de Internet: http://www.dgt.es/).
- Informe de aptitud psicofísica, que deberá ser expedido por un médico del país donde se encuentre el interesado y traducido al español, ambos documentos deberán ser enviados a este Consulado para su compulsa- tasa consular de £2,95 (libras esterlinas).
- Su DNI o pasaporte original junto con Postal Orders por el valor de £4,90 para cubrir los gastos de compulsa de fotocopia.
- Si envía los documentos por correo, un sobre "Special Delivery paid up to 500 grams" para que le devolvamos los documentos por correo.
Una vez haya recibido la anterior documentación, deberá enviarla a la Dirección General de Tráfico de España que le corresponda junto con:
- 2 fotografías
- Su permiso de conducir actual
- Un giro postal por el valor de 22,22 euros, que deberá proceder de una entidad bancaria con sucursal en España.
Dicha Oficina le enviará el nuevo carnet a su dirección en el extranjero.
Para canje y duplicado de permiso de conducir, puede consultar la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación:
http://www.mae.es/
Debe seleccionar: “Servicios Consulares” y "Otros servicios consulares"
Le aconsejamos, en cualquier caso, que consulte con su Oficina de Tráfico en España antes de enviar los documentos.
Traslado de animales de compañía desde el Reino Unido a España.
Para trasladar perros y gatos desde el Reino Unido a España se establece la obligación de un microchip, la vacuna antirrábica y el pasaporte sanitario.
Para más información o consultas de otros animales, consulten la pagína web de la Embajada de España en Londres: http://www.mae.es/Embajadas/Londres/es/home dentro del apartado "Información de interés" y "Animales de Compañía".
O bien contacten directamente con la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación por fax en el: 020 7259 6897 o correo electrónico: consmapa@btconnect.com
Presentación telemática IRPF y Patrimonio
Puede consultar la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación:
http://www.mae.es/
Debe seleccionar: “Servicios Consulares” y "Otros servicios consulares".