En este apartado encontrará información de utilidad con las respuestas a las preguntas más frecuentes a la hora de acudir a un Consulado:
¿ Puedo tramitar el Visado directamente en España?
No, el visado se tramita obligatoriamente en el Consulado Español del país de origen; una vez concedido el visado, hay que presentarse en persona para retirarlo.
¿ Puedo designar un representante para hacer el visado?
Mediante representante se puede iniciar el Visado de trabajo o inversión, pero en todo caso hay que presentarse en persona para retirarlo.
¿ Con el visado de reagrupación familiar puedo trabajar en España?
Sí, se puede solicitar permiso de trabajo en España.
¿ Puedo dejar mi curriculum en el Consulado para trabajar en España?
No; no disponemos de bolsa de trabajo ni conocemos de ofertas de empleo.