Los documentos que pueden tramitarse a través de los Consulados son los siguientes:
Los españoles residentes en el extranjero pueden hacer constar en su Documento Nacional de Identidad su dirección en el extranjero. Aunque el D.N.I. sólo se puede renovar en España, los españoles residentes en el extranjero pueden tramitarlo en España y solicitar que la entrega del documento se realice en el Consulado correspondiente a su residencia.
En los Registros Civiles Consulares se puede solicitar un certificado literal de nacimiento para D.N.I., cuando el español vaya a venir a España a solicitar dicho Documento Nacional de Identidad.
En los Registros Civiles Consulares es posible obtener certificados de fe de vida y estado.