Legalización de documentos (Apostilla de la Haya)
Para que surtan efectos en España los documentos expedidos por las autoridades venezolanas deberán legalizarse con la "Apostilla" del Convenio de la Haya, de 5 de octubre de 1961.
La autoridad que "apostilla" en Venezuela es la Dirección General de Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores (Esquina de Carmelitas, Antiguo Edificio B.N.D.).
Antes de colocar la "Apostilla" deben pasar por:
- Registro Principal (Av. Urdaneta, Punceres a Pelota, Edf. N° 30)
- Ministerio del Interior y Justicia (Av. Urdaneta, Esq. de Platanal)
Documentos públicos en el extranjero
Los documentos públicos otorgados por los españoles en un país extranjero pueden ser autorizados por el notario, otro fedatario extranjero o por el Cónsul o funcionario diplomático español que ejerza funciones consulares.
No resulta imprescindible acudir al Consulado para obtener un documento que tenga validez en España. Ahora bien, éstos tendrán que ser legalizados en la forma en que se indica al inicio de esta página, en el apartado "Legalización de documentos (Apostilla de la Haya)".
La forma de los contratos, testamentos y demás actos jurídicos autorizados por funcionarios diplomáticos de España en el extranjero deberá ajustarse a las normas establecidas por la ley española.
La persona que otorgue una escritura pública o un acta notarial ante el Cónsul, deberá desplazarse al Consulado al objeto de firmarla personalmente ante él. En ningún caso se podrá remitir el documento por correo. Por ello, es conveniente antes de efectuar el desplazamiento a la Oficina Consular dirigirse por escrito al servicio de Notaría facilitándole sus datos personales, expresándole la clase de escritura que desea otorgar y concertar una cita.
Se denomina poder notarial a los contratos de mandato por los que se obliga a una persona a prestar algún servicio o a hacer alguna cosa por cuenta o encargo de otra, cuando constan en escritura pública. El 90 por ciento de las escrituras autorizadas por los Cónsules son poderes, ya que los españoles residentes en el extranjero precisan, en muchas ocasiones, encargar determinadas gestiones en España a familiares o amigos que requieren un poder notarial del ausente.