Certificados de fe de vida. Para su obtención el interesado debe presentarse personalmente en horario de atención al público con su pasaporte vigente. En caso de imposibilidad física absoluta para desplazarse a las oficinas del Consulado, el interesado o sus familiares se pondrán en contacto con el mismo para estudiar una alternativa.
Certificados de residencia. Es el documento en el que figura la inscripción del nacional como residente en el Registro de Matrícula de la Oficina Consular. Los requisitos para la expedición de este certificado son los mismos que en el caso anterior. Cuando se encuentre fuera de Venezuela puede solicitarlo por fax enviando una solicitud y copia del pasaporte, indicando la dirección donde desea que le sea remitido a España o autorizando a una persona a retirarlo en el Consulado. En caso de ser para obtener el DNI y si lo hace desde España, debe indicar si es para obtenerlo por primera vez o renovación y el número de fax de la comisaría de policía donde esté realizando el trámite para ser remitido a la misma.
Certificado de baja. Debe solicitarlo personándose en el Consulado con su pasaporte. Excepcionalemte, si se encuentra en España puede hacerlo por fax, remitiendo copia de su pasaporte y dirección en España donde desee recibirlo. La baja consular es el último trámite que debe realizar y solamente cuando esté seguro de su marcha. Una vez realizada, el Consulado no podrá expedir más certificados con fecha posterior.
Certificado Literal de Nacimiento para la obtención del Documento Nacional de Identidad. Este certificado tiene una validez de tres meses desde su expedición y se emite una sola vez. Habida cuenta de que la tramitación del DNI sólo puede realizarse en España, se recomienda que dicho Certificado Literal se solicite sólo cuando se tenga la seguridad del viaje a España y en fecha próxima al inicio del mismo.
Certificado Literal de nacimiento, matrimonio o defunción. Pueden solicitarlos personalmente en el Consulado o por correo electrónico a la dirección cog.caracas.rgc@maec.es, con los impresos que pueden descargar en la opción de "Información de Registro Civil". Si lo solicita por este medio puede retirarlos en el Consulado en el plazo de 2 a 3 días hábiles.
Para todos los trámites, en caso de ser realizados desde otro país que no sea España, debe dirigirse al Consulado o Sección Consular de la Embajada de España en ese país.