La presente recomendación carece de efecto vinculante alguno y opera como mero aviso o consejo. El Estado no resultará responsable en modo alguno ni por ningún concepto de los daños o perjuicios que, tanto por la observancia como por desconocimiento o no atención de la recomendación, pudieran ocasionarse a personas o bienes, no considerando dicha recomendación título que ampare reclamación alguna en tal sentido.
Asimismo, se recuerda que en estos momentos ninguna región del mundo y ningún país están a salvo de posibles actos terroristas.
Antes de realizar un viaje al extranjero, se recomienda registrar sus datos en el Registro de Viajeros informático de este Ministerio, para facilitar la atención en eventuales situaciones de emergencia o necesidad.
Última modificación: 31/10/2011 (La recomendación de viaje está vigente a fecha de hoy)
Notas importantes
AVISO URGENTE Y MUY IMPORTANTE: A partir del 12 de enero de 2009, todos los pasajeros que viajen a EEUU bajo el Programa de exención de visados ("Visa Waver Program") están obligados a obtener una autorización de viaje aprobada antes de viajar a EEUU por aire o por mar. Incluso los menores de edad que no pagan pasaje están obligados a obtenerla, si no tienen un visado para viajar a EEUU. Un tercero puede presentar una solicitud para obtener la autorización de viaje en nombre de un viajero del Programa de Exención de visados.
La solicitud se podrá presentar electrónicamente en cualquier momento antes del viaje y, una vez aprobada, será validada por un período de dos años o hasta que caduque el pasaporte del solicitante si es antes de ese período. Las autorizaciones también serán válidas para entradas múltiples a Estados Unidos. Para facilitar el proceso de autorización, el Departamento de Seguridad Nacional estadounidense recomienda que se presente la solicitud tan pronto como el solicitante comience a planear el viaje a Estados Unidos y no menos de 72 horas antes de viajar.
Para informarse en detalle sobre la solicitud de autorización, validez y efectos, así como para proceder a completar el formulario para solicitarla, los viajeros deberán dirigirse a la página Web de la Embajada de los Estados Unidos en España (http://madrid.usembassy.gov/index.html), donde se encontrará un link al ESTA (Sistema Electrónico para la Autorización de Viaje).
A partir del 1º de julio de 2009 no se aceptará entrada o tránsito en USA a aquellos ciudadanos que sean portadores de pasaportes de emergencia o salvoconductos no electrónicos y que procedan de países que se beneficien del programa de exención de visados (Visa Weiver Program), como es el caso de España. Debe tenerse en cuenta lo anterior si viajan con un pasaporte de emergencia o salvoconducto no electrónico emitido por un Consulado Español.
Para cualquier duda, llamar a los Consulados de EEUU en Madrid y Barcelona.
Tras la operación llevada a cabo por este país que ha concluido en la muerte de Bin Laden, las autoridades encargadas de temas de seguridad y antiterrorismo (policía, etc.) han aumentado su nivel de presencia en los centros de mayor afluencia de público (estaciones de tren, aeropuertos, etc.) pero sin haberse incrementado oficialmente el nivel de alerta antiterrorista que continúa siendo elevado.
Los españoles que viajen a EE.UU. deberán mantener las precauciones habituales y estar alerta ante cualquier alarma que se pueda efectuar.
Es asimismo necesario respetar los periodos de antelación indicados por las compañías aéreas al acudir a los aeropuertos ante los retrasos que las medidas de seguridad puedan generar.
Veáse en OTRAS RECOMENDACIONES la información sobre huracanes.
Embajada de Estados Unidos en España
Serrano, 75 MADRID
Teléfonos: 91 587.22.00 - 91 577.40.00
Fax : 91 587.23.03
Pasaporte / DNI: Pasaporte
- A partir del día 26 de octubre de 2004 todos los viajeros, independientemente de su edad, deberán llevar un pasaporte de lectura mecánica que cumpla con los requisitos de la OACI. Si el pasaporte no fuera de lectura mecánica, el viajero deberá solicitar un visado con anticipación a su viaje.
- A partir de o alrededor del día 30 de septiembre de 2004, el Departamento de Seguridad Interna comenzará a registrar a todos los visitantes que efectúen su entrada a los Estados Unidos acogiéndose a la exención de visados, en el programa "US-VISIT", a su llegada al puerto de entrada a los Estados Unidos de América. Este proceso consiste en ser fotografiado y en la recogida de las huellas dactilares de los dedos índices. Estos visitantes deberán registrar su salida del país utilizando los sistemas automatizados disponibles a tal efecto si salen por un puerto con dicho dispositivo.
- Para obtener un pasaporte legible mecánicamente debe tener en cuenta que :
1º) Los pasaportes expedidos en España en el nuevo formato son legibles mecánicamente. No lo son, en cambio, los expedidos en el modelo antiguo.
El nuevo modelo de pasaporte ha comenzado a expedirse en España a partir del 25 de julio de 2.003.
Para mayor información puede consultar la página web del Ministerio del Interior: http://www.mir.es/.
2º) Si posee un pasaporte expedido en una Embajada o Consulado español es conveniente que entre en contacto con el Consulado español mas cercano ya que, aunque los que se expiden hoy en el modelo antiguo son legibles mecánicamente, no siempre lo son los expedidos con anterioridad.
- El modelo de pasaporte expedido con el nuevo formato, que es siempre legible mecánicamente, se irá introduciendo gradualmente en las Embajadas y Consulados españoles. Por ahora, el pasaporte español de nuevo formato solo podrá obtenerse dentro de España.
- Si desea viajar sin visado a los EE.UU. y su pasaporte es expedido después del 26 de octubre de 2005, debe asegurarse de que incorpora datos biométricos. De otro modo, deberá solicitar visado, aunque viaje por turismo o negocios por menos de 90 días. Si su pasaporte ha sido expedido antes del 26 de octubre de 2005, puede continuar viajando a EE.UU. sin visado hasta la expiración del pasaporte, y aunque no incorpore datos biométricos.
Visado: No, para estancias hasta 90 días.
Entrada con Visado :
Todos los visados estadounidenses son de lectura mecánica, por lo tanto, todos aquellos que viajen con visado expedido en un pasaporte válido, pueden viajar aunque el pasaporte no sea de lectura mecánica.
Todos los visados expedidos en Madrid llevarán incorporadas codificaciones y escaneadas las huellas de los dedos índice izquierdo y derecho.
Todos los solicitantes de visado de edades comprendidas entre los 14 y 79 años deberán comparecer personalmente a una entrevista para que se les puedan tomar las huellas dactilares que irán escaneadas y codificadas en el visado.
Las entrevistas para solicitar un visado son con cita previa, que se obtiene llamando a la Línea de Información de Visados : 807-488-472 si llama desde España o +49-9131-772-2087 si llama desde fuera de España. Las llamadas para la obtención de información y de citas para visados, tienen un coste adicional.
Para obtener información general sobre visados así como los formularios de solicitud, puede consultar la prágina web de la Embajada : http://www.embusa.es/. Con el fin de ganar tiempo, se recomienda rellenar el formulario de solicitud de visado DS-156 en línea (on line), e imprimirlo para su presentación el día de la entrevista con un oficial consular.
La tarifa de la solicitud de visado es de cien dólares, $100,00, pagaderos en euros. Esta tarifa tiene que abonarla en cualquier sucursal del Banco Santander Central Hispano.
Si el nombre de un solicitante de visado y su fecha de nacimiento son similares al de alguna de las personas que aparecen en la base de datos estadounidenses de personas con antecedentes, es posible que sea necesario efectuar otras comprobaciones. Este proceso puede llevar aparejado costes adicionales. El proceso más corriente consiste en una toma general de huellas dactilares y tiene un coste de ochenta y cinco dólares $85,00.
Al igual que los viajeros sin visado, todos los viajeros que entren en Estados Unidos de América con visados (con excepciones muy limitadas) deberán registrarse en el programa "US VISIT" en el puerto de entrada. Este proceso consiste en ser fotografiado y en la recogida de las huellas dactilares de los dedos índices.
"Sistema de entrada sin visado con autorización electrónica previa".
Los ciudadanos españoles podrán viajar a los Estados Unidos de América sin visado por motivos de turismo o negocios. El periodo autorizado de estancia lo determinan los oficiales del Departamento de Seguridad Interna en el puerto de entrada y se puede conceder hasta un máximo de 90 días.
El visado no es necesario para una estancia inferior a 90 días, por turismo, negocios o tránsito. Pueden pedir el billete de ida y vuelta, así como prueba de disponer de medios económicos. Esto debe interpretarse en el sentido más estricto y es comprobado mediante interrogatorio individual a cada turista por parte de los agentes del Servicio de Inmigración.
Sin embargo, a partir del 12 de enero de 2009, todos los pasajeros que viajen a EEUU bajo el Programa de exención de visados ("Visa Waver Program") están obligados a obtener una autorización de viaje aprobada antes de viajar a EEUU por aire o por mar. Incluso los menores de edad que no pagan pasaje están obligados a obtenerla, si no tienen un visado para viajar a EEUU. Un tercero puede presentar una solicitud para obtener la autorización de viaje en nombre de un viajero del Programa de Exención de visados.
La solicitud se podrá presentar electrónicamente en cualquier momento antes del viaje y, una vez aprobada, será validada por un período de dos años o hasta que caduque el pasaporte del solicitante si es antes de ese período. Las autorizaciones también serán válidas para entradas múltiples a Estados Unidos. Para facilitar el proceso de autorización, el Departamento de Seguridad Nacional estadounidense recomienda que se presente la solicitud tan pronto como el solicitante comience a planear el viaje a Estados Unidos y no menos de 72 horas antes de viajar.
Para informarse en detalle sobre la solicitud de autorización, validez y efectos, así como para proceder a completar el formulario para solicitarla, los viajeros deberán dirigirse a la página Web de la Embajada de los Estados Unidos en España (http://madrid.usembassy.gov/index.html), donde se encontrará un link al ESTA (Sistema Electrónico para la Autorización de Viaje).
Para cualquier duda, llamar a los Consulados de EEUU en Madrid y Barcelona.
Se insiste en la necesidad de no infringir el tiempo máximo de estancia en Estados Unidos, de lo contrario se arriesgan a ser detenidos durante un mes y deportados con la prohibición de volver a Estados Unidos en 10 años. La dureza de las autoridades de inmigración norteamericanas llega a estos límites, al equiparar esta infracción como un delito de índole mayor.
Para estudiantes, trabajo u otras causas : Necesitan solicitar visado apropiado en la Embajada de los EE.UU. en Madrid.
VACUNAS:
Obligatorias: Ninguna.
Recomendadas: Ninguna.
Para más información, consulte la siguiente página web:
www.msc.es/profesionales/saludPublica/sanidadExterior/salud/situacionSanitaria/home.jsp
Zona de riesgo (deben ser evitadas): Hay problemas de delincuencia en los barrios marginales de las grandes ciudades. Boston : Roxbury, Dorchester y Mattapan son peligrosos por la delincuencia existente y el problema de las bandas juveniles. Chicago: Se recomienda consultar previamente fuentes fiables antes de visitar una zona determinada para cerciorarse de su situación de peligro. Los Ángeles: Los Ángeles Downtown, Southcentral, East Los Ángeles. Miami: Overtown, puede considerarse el área más peligrosa, Downtown por la noche y Liberty City. Nueva York: Zonas de Harlem o del Bronx, es mejor no pasear de noche. San Francisco: Los barrios de Hunters Point, Bayview y la ciudad de Oakland. Washington :el barrio de Anacostia debe evitarse tanto de día como de noche. Houston: Los mayores índices de peligrosidad se dan en algunas calles de las zonas de Eastside, South Central y Fondren.
Zona de riesgo medio (visitas con ciertas precauciones):
Boston : Chinatown. Houston: La inseguridad y delincuencia han aumentado considerablemente en el área metropolitana de Houston tras la llegada masiva de refugiados de Louisiana a consecuencia del Huracán Katrina, que se estima entre 150 y 200 mil personas. Miami : Avda. 37 SW en Cocunut Grove y puntos concretos dl North West y de Opalocka. Nueva Orleans y alrededores. Nueva York:Manhattan, robos por carteristas. San Francisco:Tenderloin. Washington : noreste, sudeste, barrio de Anacostia y zonas cercanas a las estaciones de trenes y de autobuses.
Zona sin problemas: El resto.
Excelentes. Sin embargo el sistema de salud norteamericano difiere sustancialmente del español, en la medida en que la cobertura sanitaria no es ni universal ni gratuita. Debido al elevado coste de los tratamientos médicos, gran parte de la población norteamericana está cubierta por un seguro médico particular. Por ello, la garantía de una asistencia médica adecuada imprevista, requiere la suscripción de un seguro médico privado temporal, cerciorándose de que la cobertura contratada sea lo más amplia posible.
DROGAS
La legislación federal estadounidense por tenencia y tráfico de drogas es muy severa, aunque naturalmente varía en función de las cantidades de droga y de la reincidencia o no del traficante. En general, por tenencia y tráfico de cocaína, heroína, anfetaminas o LSD, las penas son :
- Sin reincidencia, cantidades pequeñas (5 gramos de pasta de cocaína, o 1 gramo de LSD, por ejemplo) : mínimo 5 años de prisión, y multa de hasta 2 millones de dólares.
- Con reincidencia, cantidades mayores (50 gr. de pasta de cocaína, o 10 gr. de LSD : mínimo 20 años y máximo prisión de por vida, y multas de 20 millones de dólares.
En el caso de la marihuana y el hachís :
- Sin reincidencia, cualquier cantidad : hasta 5 años de prisión y multa de hasta 250.000 dólares.
- Con reincidencia, cantidades mayores : mismas penas que en las anteriores sustancias (mínimo 20 años y máximo prisión de por vida, y multas de 20 millones de dólares).
En conclusión, en la legislación federal las penas mínimas por tráfico de cualquier droga son prisión por hasta 5 años y multa de 250.000 dólares; las penas máximas son prisión de por vida y multa de 20 millones de dólares.
HURACANES
Se recomienda a los turistas que tengan previsto viajar a las zonas y en las fechas mencionadas a continuación, se inscriban en el Registro de Viajeros o envíen a los Consulados correspondientes los datos de su viaje.
La temporada de huracanes en el Atlántico, que afecta a la zona de Florida y a toda la Costa del Golfo de Méjico (Estados de Tejas, Lousiana, Mississippi, y Alabama), comienza oficialmente el 1 de junio y termina el 30 de octubre pero el período más problemático tiene lugar entre los meses de agosto y octubre.
Para mayor información, se puede consultar la siguiente dirección en Internet: http://www.nhc.noaa.gov/, que cuenta con un apartado de predicciones en español.
Miami. Temporada de huracanes (aproximadamente mayo-nov): El Consulado General cuenta con información extensiva sobre las recomendaciones a seguir en caso de emergencias en el Sur de la Florida (huracanes), zonas de evacuación definidas por el Condado de Miami-Dade, puntos de recogida de autobuses locales en caso de huracán, centros de evacuación provistos por las autoridades locales, información de emergencia de la Alcaldía de Miami-Beach, medios de transporte, listado de hoteles en zona continental (fuera de las áreas de evacuación), entre otros.
PERMISO DE CONDUCIR
España no tiene convenio con ningún Estado de los EE.UU. sobre la validez del permiso de conducir español en ese país. Por lo tanto, los españoles turistas o en viaje de negocios en EE.UU. deberán obtener en España y previamente a su llegada a EE.UU. el permiso internacional de conducción, que tiene validez de un año y es reconocido por EE.UU. En caso contrario podrían ser sancionados por carecer de permiso de conducir reconocido por las autoridades de tráfico locales.
OTRAS RECOMENDACIONES
- Existen controles muy estrictos en frontera para evitar la entrada de productos agrícolas y ganaderos (frutas, hortalizas, carnes, pájaros, etc.) y, muy especialmente, de drogas de todo tipo.
- Deben respetarse estrictamente los muy bajos niveles de consumo de alcohol autorizados cuando se conducen vehículos.
Nueva York: BEBIDAS ALCOHÓLICAS.
Se informa que en las calles y espacios públicos de Nueva York y en general de todo Estados Unidos, está prohibido beber bebidas alcohólicas (cerveza, vino, ginebra, etc.). Si un policía ve a alguien bebiendo alcohol en un parque o en la calle, le puede poner una multa e incluso arrestar. También se informa que los menores de 21 años tienen prohibido beber bebidas alcohólicas (incluso en bares y licorerías).
- Es necesario rellenar todos los campos que figuran en la hoja que facilitan los Servicios de Inmigración a la llegada a Estados Unidos. Ello evitará esperas innecesarias e incluso la deportación en algún caso.
- Dada la muy costosa atención médica es muy recomendable -prácticamente imprescindible- ingresar en Estados Unidos provisto de seguro médico propio. La Seguridad Social española no cubre atención médica en Estados Unidos.
- Es recomendable dejar en España fotocopia de la documentación que el turista va a llevar consigo. Una vez en la ciudad a visitar es conveniente mantener en lugares separados -y seguros- tanto documentación y pasajes como efectos económicos (dinero en efectivo, tarjetas de crédito, etc.)
- No circular nunca en solitario por zonas potencialmente peligrosas. Depositar exceso de efectivo y documentos en caja de seguridad del hotel.
- Los visitantes que viajen en avión con destino a EE.UU./o con procedencia de EE.UU. deben ser conscientes que tanto las compañías aéreas como las autoridades americanas son cada vez más vigilantes a cualquier incidente que pueda producirse a bordo del avión por pasajeros irascibles o violentos, aplicando la mayoría de las veces, la regla de "tolerancia cero". Tanto si se trata de negarse a obedecer a alguna consigna de a bordo, como a actos de violencia o bromas, los pasajeros se exponen a consecuencias penales con tales comportamientos. Para mayor información puede consultarse la página : http://www.inmigration.gov/.
- AVIACIÓN: Ante diversas informaciones puestas en conocimiento del Consulado General de España en Miami, éste recomienda a aquellas personas que estén interesadas en estudiar aviación en La Florida que, antes de contratar los servicios, hagan un profundo análisis comparativo de las condiciones legales y financieras que les sean ofrecidas en ese sector por diversas empresas privadas.
- Miami. El trámite de inmigración en el aeropuerto Internacional de Miami puede ser exhaustivo y largo en algunos casos, generando retrasos importantes que pueden llegar a ocasionar la pérdida de vuelos sucesivos de conexión. Por ello se recomienda que si se utiliza Miami como escala entre dos vuelos, éstos se espacien suficientemente. Si los viajeros son menores de edad, se recomienda aclaren previamente con la compañía aérea la ayuda que ésta les prestaría en tal eventualidad, así como la conveniencia de su segundo billete, si resultara necesario.
- Nueva York. Ocurre con cierta frecuencia que si el nombre de un viajero y su fecha de nacimiento son similares a una de las personas que figuran en la base de datos estadounidenses de alguien con antecedentes, el oficial de Inmigración puede considerar necesario, antes de autorizar su entrada en el país, efectuar otras verificaciones y retener al viajero durante una, dos o tres horas hasta comprobar que nose trata de la persona buscada.
Se recomienda extremar las precauciones en el caso de alquiler un apartamento en Nueva York por Internet, debido al creciente número de estafas que se han producido en este campo recientemente.
Es importante que si un viajero efectúa alguna compra en comercios pequeños, situados en lugares de gran afluencia turística y, sobre todo, paga con tarjeta de crédito, compruebe que el precio que le están poniendo en la factura coincide con el dado por el comerciante al cierre de la operación.
- Nueva Orleans: Teniendo en cuenta que el Consulado General en Nueva Orleans permanece cerrado, se recomienda que durante la época de huracanes, y sobre todo cuando se anuncie la posibilidad de que alguna tormenta tropical superior a la categoria 1 pudiese entrar en el Golfo de Méjico, el viajero comunique al Consulado General en Houston y con razonable anticipación, las fechas de permanencia en la zona, nombre y dirección de su alojamiento, y número de teléfono (preferiblemente móvil si se tiene) y correo electrónico de contacto.