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viernes 20/11/2009
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Recomendaciones de viaje

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 

La presente recomendación carece de efecto vinculante alguno y opera como mero aviso o consejo. El Estado no resultará responsable en modo alguno ni por ningún concepto de los daños o perjuicios que, tanto por la observancia como por desconocimiento o no atención de la recomendación, pudieran ocasionarse a personas o bienes, no considerando dicha recomendación título que ampare reclamación alguna en tal sentido.

Asimismo, se recuerda que en estos momentos ninguna región del mundo y ningún país están a salvo de posibles actos terroristas.

 

Antes de realizar un viaje al extranjero, se recomienda registrar sus datos en el Registro de Viajeros informático de este Ministerio, para facilitar la atención en eventuales situaciones de emergencia o necesidad.

 

 

GRIPE A H1N1: Teniendo en cuenta la situación de pandemia declarada por la OMS, actualmente ningún país del mundo puede considerarse libre del riesgo de contagio.

Para más información, se aconseja consultar antes de viajar la página web del Ministerio de Sanidad y Política Social: www.msc.es, así como la de la Organización Mundial de la Salud:  www.who.int.

Última modificación: 06/07/2009 (La recomendación de viaje está vigente a fecha de hoy)

 Notas importantes Notas importantes

 
AVISO URGENTE Y MUY IMPORTANTE: A partir del 12 de enero de 2009, todos los pasajeros que viajen a EEUU bajo el Programa de exención de visados ("Visa Waver Program") están obligados a obtener una autorización de viaje aprobada antes de viajar a EEUU por aire o por mar. Incluso los menores de edad que no pagan pasaje están obligados a obtenerla, si no tienen un visado para viajar a EEUU. Un tercero puede presentar una solicitud para obtener la autorización de viaje en nombre de un viajero del Programa de Exención de visados.

 

La solicitud se podrá presentar electrónicamente en cualquier momento antes del viaje y, una vez aprobada, será validada por un período de dos años o hasta que caduque el pasaporte del solicitante si es antes de ese período. Las autorizaciones también serán válidas para entradas múltiples a Estados Unidos. Para facilitar el proceso de autorización, el Departamento de Seguridad Nacional estadounidense recomienda que se presente la solicitud tan pronto como el solicitante comience a planear el viaje a Estados Unidos y no menos de 72 horas antes de viajar.

 

Para informarse en detalle sobre la solicitud de autorización, validez y efectos, así como para proceder a completar el formulario para solicitarla, los viajeros deberán dirigirse a la página Web de la Embajada de los Estados Unidos en España (http://madrid.usembassy.gov/index.html), donde se encontrará un link al ESTA (Sistema Electrónico para la Autorización de Viaje).

 

A partir del 1º de julio de 2009 no se aceptará entrada o tránsito en USA a aquellos ciudadanos que sean portadores de pasaportes de emergencia o salvoconductos no electrónicos y que procedan de países que se beneficien del programa de exención de visados (Visa Weiver Program), como es el caso de España. Debe tenerse en cuenta lo anterior si viajan con un pasaporte de emergencia o salvoconducto no electrónico emitido por un Consulado Español 

Para cualquier duda, llamar a los Consulados de EEUU en Madrid y Barcelona.

 

Debido a los atentados de Nueva York y Washington, se ha dispuesto un aumento muy considerable de las medidas de seguridad en los aeropuertos, al igual que se han tomado ya en las terminales de transporte de viajeros, con los consiguientes retrasos que pueda ello originar y la necesidad de acudir al aeropuerto con un período mayor de antelación.

Veáse en OTRAS RECOMENDACIONES la información sobre huracanes.

Embajada de Estados Unidos en España

 

Serrano, 75 MADRID

Teléfonos: 91 587.22.00  -  91 577.40.00

Fax : 91 587.23.03

Documentos Necesarios
Pasaporte / DNI:  Pasaporte

- A partir del día 26 de octubre de 2004 todos los viajeros, independientemente de su edad, deberán llevar un pasaporte de lectura mecánica que cumpla con los requisitos de la OACI. Si el pasaporte no fuera de lectura mecánica, el viajero deberá solicitar un visado con anticipación a su viaje.

- A partir de o alrededor del día 30 de septiembre de 2004, el Departamento de Seguridad Interna comenzará a registrar a todos los visitantes que efectúen su entrada a los Estados Unidos acogiéndose a la exención de visados, en el programa "US-VISIT", a su llegada al puerto de entrada a los Estados Unidos de América. Este proceso consiste en ser fotografiado y en la recogida de las huellas dactilares de los dedos índices. Estos visitantes deberán registrar su salida del país utilizando los sistemas automatizados disponibles a tal efecto si salen por un puerto con dicho dispositivo.

- Para obtener un pasaporte legible mecánicamente debe tener en cuenta que :

1º) Los pasaportes expedidos en España en el nuevo formato son legibles mecánicamente. No lo son, en cambio, los expedidos en el modelo antiguo.

El nuevo modelo de pasaporte ha comenzado a expedirse en España a partir del 25 de julio de 2.003.

Para mayor información puede llamar al teléfono del Ministerio del Interior: 902.100.170, o consultar la página: http://www.mir.es/.

2º) Si posee un pasaporte expedido en una Embajada o Consulado español es conveniente que entre en contacto con el Consulado español mas cercano ya que, aunque los que se expiden hoy en el modelo antiguo son legibles mecánicamente, no siempre lo son los expedidos con anterioridad.

- El modelo de pasaporte expedido con el nuevo formato, que es siempre legible mecánicamente,  se irá introduciendo gradualmente en las Embajadas y Consulados españoles. Por ahora, el pasaporte español de nuevo formato solo podrá obtenerse dentro de España.

- Si desea viajar sin visado a los EE.UU. y su pasaporte es expedido después del 26 de octubre de 2005, debe asegurarse de que incorpora datos biométricos. De otro modo, deberá solicitar visado, aunque viaje por turismo o negocios por menos de 90 días. Si su pasaporte ha sido expedido antes del 26 de octubre de 2005, puede continuar viajando a EE.UU. sin visado hasta la expiración del pasaporte, y aunque no incorpore datos biométricos.

Visado: No, para estancias hasta 90 días.

Entrada con Visado :

Todos los visados estadounidenses son de lectura mecánica, por lo tanto, todos aquellos que viajen con visado expedido en un pasaporte válido, pueden viajar aunque el pasaporte no sea de lectura mecánica.

Todos los visados expedidos en Madrid llevarán incorporadas codificaciones y escaneadas las huellas de los dedos índice izquierdo y derecho.

Todos los solicitantes de visado de edades comprendidas entre los 14 y 79 años deberán comparecer personalmente a una entrevista para que se les puedan tomar las huellas dactilares que irán escaneadas y codificadas en el visado.

Las entrevistas para solicitar un visado son con cita previa, que se obtiene llamando a la Línea de Información de Visados : 807-488-472 si llama desde España o +49-9131-772-2087 si llama desde fuera de España. Las llamadas para la obtención de información y de citas para visados, tienen un coste adicional.

Para obtener información general sobre visados así como los formularios de solicitud, puede consultar la prágina web de la Embajada : http://www.embusa.es/. Con el fin de ganar tiempo, se recomienda rellenar el formulario de solicitud de visado DS-156 en línea (on line), e imprimirlo para su presentación el día de la entrevista con un oficial consular.

La tarifa de la solicitud de visado es de cien dólares, $100,00, pagaderos en euros. Esta tarifa tiene que abonarla en cualquier sucursal del Banco Santander Central Hispano.

Si el nombre de un solicitante de visado y su fecha de nacimiento son similares al de alguna de las personas que aparecen en la base de datos estadounidenses de personas con antecedentes, es posible que sea necesario efectuar otras comprobaciones. Este proceso puede llevar aparejado costes adicionales. El proceso más corriente consiste en una toma general de huellas dactilares y tiene un coste de ochenta y cinco dólares $85,00.

Al igual que los viajeros sin visado, todos los viajeros que entren en Estados Unidos de América con visados (con excepciones muy limitadas) deberán registrarse en el programa "US VISIT" en el puerto de entrada. Este proceso consiste en ser fotografiado y en la recogida de las huellas dactilares de los dedos índices.

"Sistema de entrada sin visado con autorización electrónica previa".

Los ciudadanos españoles podrán viajar a los Estados Unidos de América sin visado por motivos de turismo o negocios. El periodo autorizado de estancia lo determinan los oficiales del Departamento de Seguridad Interna en el puerto de entrada y se puede conceder hasta un máximo de 90 días.

El visado no es necesario para una estancia inferior a 90 días, por turismo, negocios o tránsito. Pueden pedir el billete de ida y vuelta, así como prueba de disponer de medios económicos. Esto debe interpretarse en el sentido más estricto y es comprobado mediante interrogatorio individual a cada turista por parte de los agentes del Servicio de Inmigración.

Sin embargo, a partir del 12 de enero de 2009, todos los pasajeros que viajen a EEUU bajo el Programa de exención de visados ("Visa Waver Program") están obligados a obtener una autorización de viaje aprobada antes de viajar a EEUU por aire o por mar. Incluso los menores de edad que no pagan pasaje están obligados a obtenerla, si no tienen un visado para viajar a EEUU. Un tercero puede presentar una solicitud para obtener la autorización de viaje en nombre de un viajero del Programa de Exención de visados.

La solicitud se podrá presentar electrónicamente en cualquier momento antes del viaje y, una vez aprobada, será validada por un período de dos años o hasta que caduque el pasaporte del solicitante si es antes de ese período. Las autorizaciones también serán válidas para entradas múltiples a Estados Unidos. Para facilitar el proceso de autorización, el Departamento de Seguridad Nacional estadounidense recomienda que se presente la solicitud tan pronto como el solicitante comience a planear el viaje a Estados Unidos y no menos de 72 horas antes de viajar.

 

Para informarse en detalle sobre la solicitud de autorización, validez y efectos, así como para proceder a completar el formulario para solicitarla, los viajeros deberán dirigirse a la página Web de la Embajada de los Estados Unidos en España (http://madrid.usembassy.gov/index.html), donde se encontrará un link al ESTA (Sistema Electrónico para la Autorización de Viaje).

 

Para cualquier duda, llamar a los Consulados de EEUU en Madrid y Barcelona.

 

Se insiste en la necesidad de no infringir el tiempo máximo de estancia en Estados Unidos, de lo contrario se arriesgan a ser detenidos durante un mes y deportados con la prohibición de volver a Estados Unidos en 10 años. La dureza de las autoridades de inmigración norteamericanas llega a estos límites, al equiparar esta infracción como un delito de índole mayor.

Para estudiantes, trabajo u otras causas : Necesitan solicitar visado apropiado en la Embajada de los EE.UU. en Madrid.

VACUNAS:

Obligatorias: Ninguna.
Recomendadas: Ninguna.

Para más información, consulte la siguiente página web:
www.msc.es/profesionales/saludPublica/sanidadExterior/salud/situacionSanitaria/home.jsp

Normas para Divisas
Se admiten en frontera 10.000 $. Las cantidades superiores deben declararse.
Condiciones de Seguridad

 Zona de riesgo (deben ser evitadas): Hay problemas de delincuencia en los barrios marginales de las grandes ciudades. Boston : Roxbury, Dorchester y Mattapan son peligrosos por la delincuencia existente y el problema de las bandas juveniles. Chicago: Se recomienda consultar previamente fuentes fiables antes de visitar una zona determinada para cerciorarse de su situación de peligro. Los Ángeles: Los Ángeles Downtown, Southcentral, East Los Ángeles. Miami: Overtown, puede considerarse el área más peligrosa, Downtown por la noche y Liberty City. Nueva York: Zonas de Harlem o  del Bronx, es mejor no pasear de noche. San Francisco: Los barrios de Hunters Point, Bayview y la ciudad de Oakland. Washington :el barrio de Anacostia debe evitarse tanto de día como de noche. Houston: Los mayores índices de peligrosidad se dan en algunas calles de las zonas de Eastside, South Central y Fondren.

 Zona de riesgo medio (visitas con ciertas precauciones):
 Boston : Chinatown. Houston: La inseguridad y delincuencia han aumentado considerablemente en el área metropolitana de Houston tras la llegada masiva de refugiados de Louisiana a consecuencia del Huracán Katrina, que se estima entre 150 y 200 mil personas. Miami : Avda. 37 SW en Cocunut Grove y puntos concretos dl North West y de Opalocka.  Nueva Orleans y alrededores. Nueva York:Manhattan, robos por carteristas. San Francisco:Tenderloin. Washington : noreste, sudeste, barrio de Anacostia y zonas cercanas a las estaciones de trenes y de autobuses.

 Zona sin problemas: El resto.

Condiciones Sanitarias
Excelentes. Sin embargo el sistema de salud norteamericano difiere sustancialmente del español, en la medida en que la cobertura sanitaria no es ni universal ni gratuita. Debido al elevado coste de los tratamientos médicos, gran parte de la población norteamericana está cubierta por un seguro médico particular. Por ello, la garantía de una asistencia médica adecuada imprevista, requiere la suscripción de un seguro médico privado temporal, cerciorándose de que la cobertura contratada sea lo más amplia posible.
Otras Recomendaciones

DROGAS

La legislación federal estadounidense por tenencia y tráfico de drogas es muy severa, aunque naturalmente varía en función de las cantidades de droga y de la reincidencia o no del traficante. En general, por tenencia y tráfico de cocaína, heroína, anfetaminas o LSD, las penas son :

- Sin reincidencia, cantidades pequeñas (5 gramos de pasta de cocaína, o 1 gramo de LSD, por ejemplo) : mínimo 5 años de prisión, y multa de hasta 2 millones de dólares.
- Con reincidencia, cantidades mayores (50 gr. de pasta de cocaína, o 10 gr. de LSD : mínimo 20 años y máximo prisión de por vida, y multas de 20 millones de dólares.

En el caso de la marihuana y el hachís :

- Sin reincidencia, cualquier cantidad : hasta 5 años de prisión y multa de hasta 250.000 dólares.
- Con reincidencia, cantidades mayores : mismas penas que en las anteriores sustancias (mínimo 20 años y máximo prisión de por vida, y multas de 20 millones de dólares).

En conclusión, en la legislación federal las penas mínimas por tráfico de cualquier droga son prisión por hasta 5 años y multa de 250.000 dólares; las penas máximas son prisión de por vida y multa de 20 millones de dólares.    

HURACANES

Se recomienda a los turistas que tengan previsto viajar a las zonas y en las fechas mencionadas a continuación, se inscriban en el Registro de Viajeros o envíen a los Consulados correspondientes los datos de su viaje.

La temporada de huracanes en el Atlántico, que afecta a la zona de Florida y a toda la Costa del Golfo de Méjico, comienza oficialmente el 1 de junio y termina el 30 de noviembre pero el período más problemático tiene lugar entre los meses de agosto y octubre.

Para mayor información, se puede consultar la siguiente dirección en Internet: http://www.nhc.noaa.gov/, que cuenta con un apartado de predicciones en español.

Miami. Temporada de huracanes (aproximadamente mayo-nov): El Consulado General cuenta con información extensiva sobre las recomendaciones a seguir en caso de emergencias en el Sur de la Florida (huracanes), zonas de evacuación definidas por el Condado de Miami-Dade, puntos de recogida de autobuses locales en caso de huracán, centros de evacuación provistos por las autoridades locales, información de emergencia de la Alcaldía de Miami-Beach, medios de transporte, listado de hoteles en zona continental (fuera de las áreas de evacuación), entre otros.

OTRAS RECOMENDACIONES

  • Existen controles muy estrictos en frontera para evitar la entrada de productos agrícolas y ganaderos (frutas, hortalizas, carnes, pájaros, etc.) y, muy especialmente, de drogas de todo tipo.
  • Deben respetarse estrictamente los muy bajos niveles de consumo de alcohol autorizados cuando se conducen vehículos.
  • Es necesario rellenar todos los campos que figuran en la hoja que facilitan los Servicios de Inmigración a la llegada a Estados Unidos. Ello evitará esperas innecesarias e incluso la deportación en algún caso.  
  • Dada la muy costosa atención médica es muy recomendable -prácticamente imprescindible- ingresar en Estados Unidos provisto de seguro médico propio. La Seguridad Social española no cubre atención médica en Estados Unidos.
  • Es recomendable dejar en España fotocopia de la documentación que el turista va a llevar consigo. Una vez en la ciudad a visitar es conveniente mantener en lugares separados -y seguros- tanto documentación y pasajes como efectos económicos (dinero en efectivo, tarjetas de crédito, etc.)
  • No circular nunca en solitario por zonas potencialmente peligrosas. Depositar exceso de efectivo y documentos en caja de seguridad del hotel.
  • Los visitantes que viajen en avión con destino a EE.UU./o con procedencia de EE.UU. deben ser conscientes que tanto las compañías aéreas como las autoridades americanas son cada vez más vigilantes a cualquier incidente que pueda producirse a bordo del avión por pasajeros irascibles o violentos, aplicando la mayoría de las veces, la regla de "tolerancia cero". Tanto si se trata de negarse a obedecer a alguna consigna de a bordo, como a actos de violencia o bromas, los pasajeros se exponen a consecuencias penales con tales comportamientos. Para mayor información puede consultarse la página : http://www.inmigration.gov/.
  • Miami. El trámite de inmigración en el aeropuerto Internacional de Miami puede ser exhaustivo y largo en algunos casos, generando retrasos importantes que pueden llegar a ocasionar la pérdida de vuelos sucesivos de conexión. Por ello se recomienda que si se utiliza Miami como escala entre dos vuelos, éstos se espacien suficientemente. Si los viajeros son menores de edad, se recomienda aclaren previamente con la compañía aérea la ayuda que ésta les prestaría en tal eventualidad, así como la conveniencia de su segundo billete, si resultara necesario.
  • Carnet de conducir en Georgia (jurisdicción del CG Miami). Ante las dificultades que ciudadanos españoles encontraban en el estado de Georgia a este respecto, el Consulado General solicitó a las autoridades de dicho estado las pertinentes aclaraciones de la legalidad vigente en dicho territorio que a continuación se resumen:

              Extranjero no residente en Georgia. De acuerdo con la legislación de este estado, el conductor debe ir provisto del carnet de conducir de su nacionalidad junto con el  Internacional Driving Permit (en el que aparece la traducción al inglés del carnet de conducir español). Se debe estar en posesión de ambos documentos en el momento de conducir.

              Extranjeros residentes en Georgia. De acuerdo con la legislación local, están obligados a obtener un carnet de conducir del estado de Georgia en el plazo de 30 días, para lo cual deberán presentar el carnet de conducir español, que les será retirado de manera definitiva.

              El incumplimiento de estos requerimientos de la normativa local puede suponer el ser detenido y llevado a juicio con imposición de fianza y condena en su caso.

  • Nueva York. Ocurre con cierta frecuencia que si el nombre de un viajero y su fecha de nacimiento son similares a una de las personas que figuran en la base de datos estadounidenses de alguien con antecedentes, el oficial de Inmigración puede considerar necesario, antes de autorizar su entrada en el país, efectuar otras verificaciones y retener al viajero durante una, dos o tres horas hasta comprobar que nose trata de la persona buscada.

              Es importante que si un viajero efectúa alguna compra en comercios pequeños, situados en lugares de gran afluencia turística y, sobre todo, paga con tarjeta de crédito, compruebe que el precio que le están poniendo en la factura coincide con el dado por el comerciante al cierre de la operación.

  •  Nueva Orleans: Se recomienda que durante la época de huracanes, y sobre todo cuando se anuncie la posibilidad de que alguna tormenta tropical superior a la categoria 1 pudiese entrar en el Golfo de Méjico, el viajero comunique al Consulado General en Nueva Orleans(gerardo.abascal@maec.es) y con razonable anticipación, las fechas de permanencia en la zona, nombre y dirección de su alojamiento, y número de teléfono (preferiblemente móvil si se tiene) y correo electrónico de contacto 
Prefijos Particulares / Teléfonos de Interés
 Prefijo País :1
 Teléfonos de interés:
  • EL NUMERO DE TELEFONO DE EMERGENCIAS POLICIALES EN TODO EL TERRITORIO NORTEAMERICANO, INCLUYENDO EMERGENCIAS BOMBEROS Y AMBULANCIAS ES EL 911.
    LLAMADA GRATUITA DESDE CUALQUIER TELEFONO TANTO PUBLICO COMO PRIVADO. CON FRECUENCIA, EXISTE POSIBILIDAD DE SER ATENDIDO EN ESPAÑOL SI SE SOLICITA.
  • POLICÍA (no urgencias): 311
  • INMIGRACIÓN: 1 (800) 375-5283
 

Representación de España:



EMBAJADA EN WASHINGTON (202)
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      Fax:  833 56 70.
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      Fax:  362 39 93.
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      Fax:  362 39 93.
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   Consejería Aérea:  4801 Wisconsin Ave., N.W., 3rd floor - Washington, D.C. 20016.
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      Fax:  362 39 93.
      E-mail: ea@agredwas.org
   Consejería de Armamentos:  4801 Wisconsin Ave., N.W., 4th floor - Washington, D.C. 20016.
      Teléfono:  364 22 57.
      Fax:  362 39 93.
      E-mail: agracod@agredwas.org
   Consejería de Finanzas:  2375 Pennsylvania Ave., N.W. - Washington, D.C. 20037.
      Teléfono:  728 23 38.
      Fax:  728 23 18.
   Consejería de Educación:  2375 Pennsylvania Ave., N.W. - Washington, D.C. 20037.
      Teléfono:  728 23 35.
      Fax:  728 23 13.
      E-mail: consejeria.usa@mec.es
   Oficina Cultural:  2375 Pennsylvania Ave., N.W. - Washington, D.C. 20037.
      Teléfono:  728 23 34.
      Fax:  496 03 28.
      E-mail: ocultura.spainemb@attglobal.net

CONSULADO GENERAL EN BOSTON (617)
   Cancillería: 31 St. James Avenue, Suite 905.- Boston. Mass. 02116.
      Teléfonos: ,(67) 536 25 06, (67) 536 25 27., yTeléfono emergencia consular: 283 95 39.
      Fax: (67) 536 85 12.
      Web: www.mae.es/consulados/boston/es/home
      E-mail: cog.boston@maec.es

CONSULADO GENERAL EN LOS ÁNGELES (323)
   Cancillería: 5055 Wilshire Blvd., Suite 860.- Los Ángeles. California
      Teléfonos: 938 01 67, 938 01 66, 938 01 61, 938 01 59 y 938 01 58.
      Fax: 938 25 02.
      Web: www.mae.es/consulados/losangeles/es/home
      E-mail: cog.losangeles@maec.es
   Agregaduría de Educación y Ciencia: 6300 Wilshire Blvd., Suite 830.- Los Ángeles. California 90048.
      Teléfono: 852 69 97.
      Fax: 852 07 59.
      E-mail: losangeles.usa@mec.es
   Oficina Comercial: 1900 Avenue of the Stars, Suite 2430. Los Ángeles. CA 90067.
      Fax: 277 51 26.
   Oficina Española de Turismo: 8383 Wilshire Blvd., Suite 960.- Beverly Hills. California 90211.
      Teléfono: 658 71 95.
      Fax: 658 10 61.
      E-mail: losangeles@tourspain.es

CONSULADO GENERAL EN CHICAGO (312)
   Cancillería: 180 North Michigan Ave., Suite 1500.- Chicago. Illinois 60601.
      Teléfonos: (31) 782 45 88 y (31) 782 45 89.
      Fax: (31) 782 16 35.
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      Teléfonos: (31) 644 11 54 y (31) 644 11 55.
      Fax: (31) 527 55 31.
      E-mail: chicago@mcx.es
   Oficina Española de Turismo: Water Tower Place, Suite 915 East. 845 North Michigan Ave.- Chicago. Illinois 60611.
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      Fax: (31) 642 98 17.
      E-mail: chicago@tourspain.es
   Instituto Cervantes: 31 West Ohio Avenue Chigago, Illinois 60611
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      Fax: (31) 587 19 92.
      E-mail: chicago@cervantes1.org

CONSULADO GENERAL EN MIAMI (305)
   Cancillería: 2655 Le Jeune Road, Suite 203, Coral Gables.- Miami Florida 33134.
      Teléfonos: 446-5511, 446-5512 y 446-5513.
      Fax: 446-0585.
      Web: www.mae.es/consulados/miami/es/home
      E-mail: cog.miami@maec.es y conspain@gate.net
   Agregaduría de Educación y Ciencia: 2655 Le Jeune Road, Suite 1008, Coral Glabes.-Miami Florida 33134.
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      E-mail: cceci@mindsprign.com
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CONSULADO GENERAL EN NUEVA ORLEANS (504)
   Cancillería: 2102 World Trade Center, 2 Canal St.- New Orleans. Louisiana 70130.
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      Fax: 525 49 55.
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      E-mail: cog.miami@maec.es

CONSULADO GENERAL EN NUEVA YORK (212)
   Cancillería: 150 East 58th St., 30th floor.- New York, N.Y. 10155.
      Teléfonos: (212 355) 40 80, 40 81, 40 82, 40 85, 40 86, 40 90 y 40 91.
      Fax: (212 355) 644 37 51
      Web: www.mae.es/consulados/nuevayork/es/home
      E-mail: cog.nuevayork@maec.es
   Oficina Comercial: Chrysler Bldg. 405 Lexington Ave., 44th floor.- New York, N.Y. 10174-0331.
      Teléfonos: 661 49 59, 661 49 60, 661 49 61 y 661 49 62.
      Fax: 972 24 94 y 867 60 55.
      Télex: 6014778 OFCOME NY UQ.
      E-mail: nuevayork@mcx.es
   CONSULADO GENERAL EN NUEVA YORK (212)
   Oficina Española de Turismo: 666, Fifth Ave., 35th floor.- New York, N.Y. 10130.
      Teléfono: 265 88 22.
      Fax: 265 88 64.
      E-mail: oetny@tourspain.es
   Consejería de Educación y Ciencia: 358 Fifth Ave. Suite 1404.- New York, N.Y. 10001.
      Teléfono: 629 44 35.
      Fax: 629 44 38.
      E-mail: admin.usa@mec.es
   Instituto Cervantes: 211 East 49 Street.- New York, N.Y. 10017.
      Teléfono: 308 77 20.
      Fax: 308 77 21.
      E-mail: cenny@cervantes.es

CONSULADO GENERAL EN SAN FRANCISCO (415)
   Cancillería: 1405 Sutter St.- San Francisco. California 94109.
      Teléfonos: 922 29 95, 922 29 96, 922 01 70 y 922 79 42.
      Fax: 931 97 06.
      Web: www.mae.es/consulados/sanfrancisco/es/home
      E-mail: cog.sanfrancisco@maec.es
   Oficina de Educación
      Teléfono: 922 20 38.

CONSULADO GENERAL EN WASHINGTON (202)
   Cancillería: 2375 Pennsylvania Ave., N.W.- Washington, D.C. 20037.
      Teléfono: 728 23 30.
      Fax: 728 23 02.
      Web: www.mae.es/consulados/washington/es/home
      E-mail: cog.washington@maec.es

CONSULADO GENERAL EN HOUSTON (713)
   Cancillería: 1800 Bering Drive, Suite 660.- Houston. Texas 77057.
      Teléfono: 783 62 00.
      Fax: 783 61 66.
      Web: www.mae.es/consulados/houston/es/home
   Oficina de Educación: 2425 Fountain View Dr., Suite 330. Houston Texas 77057.
      Teléfono: 974-1689.
      Fax: 974-6935.
   Instituto Cervantes: 1701, 4th Street SW. Albuquerque, N.M. 87102.
      Teléfono: (505) 724 4777.
      Fax: (505) 246 2613.
   Centro Español de Recursos: 1701 4th Street SW. Alburquerque, N.M. 87102
      Teléfono: 246 226 124.
      Fax: 243 19 61.


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