Uso de la bandera de España y el de otras banderas e insignias Texto íntegro de la Ley
La Constitución Española de 1978 describe la bandera de España en su artículo 4º.1. "formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla, roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas".
En virtud del Artículo 3º.4 de la Ley 39/1981, de 28 de octubre, por la que regula el uso de la bandera de España y el de otras banderas y enseñas, "la Bandera de España, así como el Escudo de España, se colocará en los locales de las misiones diplomáticas y de las oficinas consulares, en las residencias de sus Jefes y, en su caso, en sus medios de transporte oficial".
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