Los interesados que pretendan solicitar la nacionalidad española de origen y no tuvieran las certificaciones literales de nacimiento de las personas nacidas en España, que son necesarias, y que se citan en la respuesta a la pregunta número 3, podrán solicitarlas por auxilio registral ante la Embajada o Consulado General de España más cercano a su domicilio en el extranjero.
También se pueden solicitar estas certificaciones literales directamente, por vía telemática, al Ministerio de Justicia en la página web siguiente: www.mjusticia.es.
Para ello se deberá utilizar y rellenar el Anexo V, que figura en esta página web, precisando los máximos datos posibles, como las fechas de nacimiento y el Registro Civil Municipal situado en España donde consten las inscripciones de nacimiento de sus padres o abuelos.
