domingo 21/03/2010
Cabecera Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperacion

Notas de Prensa

 15. ACUERDOS, EN RÉGIMEN DE RECIPROCIDAD, SOBRE EL EJERCICIO DEL DERECHO DE SUFRAGIO POR CIUDADANOS EXTRANJEROS NO COMUNITARIOS RESIDENTES EN ESPAÑA EN LAS ELECCIONES MUNICIPALES 

Cuatro de febrero de 2009. Ante la próxima visita de los Ministros de Relaciones Exteriores de Colombia y de Perú, el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación desea informar sobre el estado actual de la negociación, en régimen de reciprocidad, de los Acuerdos sobre el ejercicio de Derecho de Sufragio Activo para los Ciudadanos Extranjeros No Comunitarios Residentes en España en las Elecciones Municipales.

En la actualidad ya han concluido las negociaciones con dos países --Colombia y Perú--, y la firma de ambos Acuerdos por el Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación con sus homólogos los Cancilleres colombiano y peruano tendrá lugar esta semana, los días 5 y 6 de febrero, respectivamente. Colombia y Perú serán así los primeros dos países –de un total de quince—cuyos ciudadanos puedan votar en las elecciones municipales españolas. Este derecho ya aparece recogido, en sus respectivas legislaciones, para los ciudadanos españoles residentes en su territorio.

 Los trece países restantes  que  prevén el ejercicio de derecho de voto en las  elecciones municipales  a los  españoles  residentes  son:  Argentina, Bolivia,  Chile,  Ecuador,  Paraguay,  Trinidad  y Tobago,  Uruguay  y  Venezuela,  así  como Burkina Faso, Cabo Verde, República de Corea, Islandia y Nueva Zelanda. En estos casos, los textos propuestos por parte española –para permitir la necesaria reciprocidad-- se encuentran en distintas fases de  tramitación en sendos Ministerios de Asuntos  Exteriores  y  Servicios  Jurídicos. En  algunos  casos,     el     trámite puede  prolongarse  en el tiempo ya  que  al  tratarse  de Acuerdos en materia electoral deben ser objeto de consulta en diversos departamentos (Consejos Electorales nacionales u organismos equivalentes).

Por lo que se refiere a los demás países, es decir, a aquéllos que no reconocen a los residentes españoles el derecho de voto en sus elecciones municipales, el Gobierno de España se ha mostrado en disposición de firmar Acuerdos de Reciprocidad si media la preceptiva reforma legislativa –en sus legislaciones nacionales-- que recoja el principio de reciprocidad establecido en el artículo 13.2 de la Constitución española.

En la actualidad, la comunidad de colombianos residentes en España es de unos 260.000 ciudadanos. Un poco menor es la comunidad de cuidadnos peruanos: alrededor de 127.000.

Actualizado: 05/02/2009 12:40



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