sábado 20/03/2010
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 Atención a ciudadanos de la Unión Europea 

Todo ciudadano europeo de la Unión podrá acogerse, en el territorio de un tercer país en el que no esté representado el Estado miembro del que sea nacional, a la protección de las autoridades diplomáticas y consulares de cualquier Estado miembro, en las mismas condiciones que los nacionales de dicho Estado. Los Estado miembros tomarán las disposiciones necesarias y entablarán las negociaciones internacionales requeridas para garantizar dicha protección. (art 23 T.F.U.E.)
Actualizado: 22/12/2009 13:27



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