miércoles 10/03/2010
imagen de cabecera

UNCC (La Comisión de Indemnizaciones de las Naciones Unidas)

Consejero de esta Representación a cargo de este Organismo

D. Borja Montesino Martínez del Cerro

Enlaces de interés

UNCC (La Comisión de Indemnizaciones de las Naciones Unidas)

UNCC (La Comisión de Indemnizaciones de las Naciones Unidas) 

Tras la invasión de Kuwait por Irak, el Consejo de Seguridad de NN.UU. adoptó en abril de 1991 su Resolución nº 687, estableciendo la ilegalidad de la invasión de Kuwait. En su virtud, en mayo del mismo año y por Resolución nº 692, el Consejo de Seguridad estableció la Comisión de Compensación de NN.UU. y su Fondo especial de Compensación, como órganos subsidiarios del mísmo, y con el mandato de procesar todas las reclamaciones de individuos, empresas, instituciones y Gobiernos, así como establecer y pagar compensaciones justas por pérdidas y/o daños sufridos como consecuencia directa de la invasión ilegal y la ocupación de Kuwait.

Asimismo, se estableció la composición de la Comisión, con un Consejo ejecutivo como órgano de decisión, unos “paneles” de expertos encargados del examen y tratamiento de las reclamaciones, un Secretario General como responsable, y la Secretaría para todo ello; así como su ubicación en Ginebra.

La Comisión, tras 12 años de trabajos, completó la fase de examen y atribución de compensaciones en junio de 2005, habiendo aprobado pagos por valor de unos 52,4 mills.$ para 1,55 mills. de reclamaciones, lo que supone aproxidamadamente un 15% del total reclamado, y constituye un hito histórico sin precedentes en los sistemas indemnizatorios post-conflictuales.

Dado que la composición de su órgano de decisión, el Consejo, coincidía con la del Consejo de Seguridad, los procedimientos para presentación, trámite y gestión de reclamaciones exigía la mediación de los Estados partes de NN.UU. En este sentido, la Misión Permanente de España en Ginebra ha participado en la tramitación y seguimiento de las reclamaciones de origen español, velando especialmente por el correcto tratamiento de las mísmas en defensa de los legítimos intereses de las presuntas víctimas.

Actualizado: 23/02/2009 14:23

© Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de España 2010
© Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de España 2005