EL PROGRAMA MOVILIDAD DE JÓVENES 2011 ESTÁ CERRADO.
La fecha de apertura del programa de movilidad de jóvenes para 2012 aparecerá en esta página próximamente.
Esta información está dirigida a los ciudadanos canadienses. Los ciudadanos españoles que quieran beneficiarse del Acuerdo, deben de ponerse en contacto con el Consulado General de Canadá en París.
- Serán beneficiarios del Acuerdo las siguientes categorías de ciudadanos canadienses:
- los jóvenes diplomados postsecundarios que deseen obtener una formación adicional en España por medio de un contrato de trabajo predeterminado, que contribuya a su desarrollo profesional;
- los estudiantes inscritos en un centro de enseñanza postsecundaria canadiense que deseen completar una parte de su formación académica por medio de una estancia predeterminada en un centro español, entre otros, en el marco de un acuerdo interinstitucional;
- los jóvenes ciudadanos que deseen obtener una formación adicional en España por medio de un contrato de trabajo predeterminado, que contribuya a su desarrollo profesional;
- los estudiantes inscritos en un centro de enseñanza postsecundaria canadiense que tengan intención de viajar a España durante las vacaciones académicas y deseen trabajar de manera ocasional con el fin de aumentar sus recursos económicos;
- los jóvenes ciudadanos que tengan la intención de viajar a España y deseen trabajar de manera ocasional para aumentar sus recursos económicos o para desempeñar labores de voluntariado (working holidays).
- Los beneficiarios del acuerdo deberán:
- tener la nacionalidad canadiense, ser titular de un pasaporte canadiense en vigor y residir en Canadá;
- ser titulares del correspondiente visado, válidamente expedido y en vigor;
- tener entre 18 y 35 años cumplidos en la fecha de presentación de la solicitud de visado;
- poseer un billete de vuelta o recursos suficientes para comprarlo, y disponer de los recursos económicos necesarios para satisfacer sus necesidades al inicio de su estancia. De manera general hay que acreditar que se cuenta con medios económicos suficientes para los tres primeros meses de estancia en España. Para el año 2011, y si no se dispone de una oferta de trabajo previamente a la solicitud del visado, la cantidad de dinero a justificar se sitúa en 2,640.00$ CAN.
- comprometerse a suscribir un seguro médico, que incluya hospitalización y repatriación por motivos médicos o por defunción, por el período de estancia autorizado, antes de entrar en territorio español;
- La participación en el programa consta de dos fases distintas, que tienen lugar en Canadá y en España respectivamente:
- Solicitud del correspondiente visado en los Consulados Generales de España en Toronto y Montreal o en la Oficina Consular de la Embajada de España en Ottawa (punto 5)
- Solicitud en España de autorización para trabajar, y de la expedición de la Tarjeta de Identidad de Extranjero, si fuesen necesarias (punto 6)
El procedimiento para la aplicación en España del Acuerdo para los beneficiarios de las categorías a, b y c está ya establecido. Para el caso de los beneficiarios de las categorías d y e, todavía no se ha establecido un mecanismo administrativo específico que permita una rápida obtención de la autorización para trabajar y de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (si fuese necesario obtenerla). Por ello, los solicitantes de un visado en estas dos categorías tienen que solicitar la autorización para trabajar en España durante el plazo de validez del visado, siguiendo lo descrito en el punto 6.
- El número de ciudadanos canadienses que podrán beneficiarse de este acuerdo en el año 2011 asciende a un total de 450 personas, que podrán presentar sus solicitudes de visado atendiendo al siguiente sistema de demarcaciones consulares:
- La demarcación consular de la Embajada de España en Ottawa comprende únicamente la región de la capital de Canadá (Ottawa y Gatineau).
- La demarcación consular del Consulado General de España en Toronto comprende las provincias de Alberta, Columbia Británica, Manitoba, Ontario (excepto Ottawa), Saskatchewan, Territorios del Noroeste, Yukón y Nunavut.
- La demarcación consular del Consulado General de España en Montreal comprende las provincias de Isla del Príncipe Eduardo, Nueva Escocia, Nuevo Brunswick, Québec (excepto Gatineau), Terranova y Labrador.
- Documentación que debe adjuntarse a la solicitud de visado.
El ciudadano canadiense deberá adjuntar a la solicitud el original y fotocopia de los siguientes documentos:
- Impreso de solicitud de visado cumplimentado y firmado. (Impreso solicitud visado.pdf)
- Una fotografía reciente, del mismo tamaño que el requerido para el pasaporte canadiense, en color, con el fondo claro, liso y uniforme, tomada de frente, y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que impida la identificación de la persona.
- Pasaporte en vigor con validez mínima de un año antes de su llegada a España.
- Documentación acreditativa de su residencia en Canadá (tarjeta del seguro médico, permiso de conducir, etc.)
- Billete de ida y vuelta o recursos suficientes para comprarlo.
- Acreditación de los medios económicos mediante el historial bancariode los dos últimos meses, concesión de una beca, etc... En el caso de que sean los padres los que incurran con los gastos, se deberá entonces presentar una carta notariada firmada por ellos indicando su conformidad, copia delhistorial bancario de los padres de los dos últimos meses y fotocopia de sus pasaportes.
- En los casos i, iii y iv expuestos más abajo, póliza del seguro médico que incluya la hospitalización y repatriación por motivos médicos o por defunción, por el período de estancia autorizado, antes de entrar en territorio español.
- Si la duración de la estancia solicitada es superior a seis meses, certificado negativo de antecedentes penales, expedido por las autoridades del país o países en los que haya residido durante los últimos 5 años, incluyendo Canadá.
- Si la duración de la estancia solicitada es superior a seis meses, certificado médico expedido por su médico de cabecera formulado en los siguientes términos:
“Éste certificado médico acredita que el Sr. / Sra. […..] no padece ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.”
- 150.00 $ CAN. Se aceptará UNICAMENTE dinero en efectivo, Money Order o cheque certificado, pagadero a la Embajada de España en Ottawa o el Consulado General correspondiente (Toronto o Montreal) según dónde se tramite la solicitud.
- Además, según sea el caso:
- Estudiantes canadienses inscritos en un centro de enseñanza postsecundaria en Canadá que deseen completar su formación académica en un centro español (beneficiarios del Acuerdo, categoría b). El justificante de inscripción en un centro de enseñanza postsecundaria en Canadá y la prueba de haber sido aceptado en un centro español para completar su formación académica, en el marco de un acuerdo interinstitucional.
- Jóvenes canadienses que deseen obtener una formación adicional en España por medio de un contrato de trabajo predeterminado (beneficiarios del Acuerdo, categorías a y c). Los documentos requeridos para probar esta condición serán un contrato de trabajo, que habrá de tener una vigencia máxima equivalente a la duración de la estancia solicitada, el NIF y documento de inscripción de la empresa en la Seguridad Social, y la titulación o acreditación de que se posee la capacitación exigida para el ejercicio de la profesión, cuando proceda, debidamente homologada. La acreditación de los medios económicos en este caso quedará efectuada con la presentación del contrato de trabajo.
- Jóvenes canadienses que deseen trabajar de manera ocasional (beneficiarios del Acuerdo, categoría d y e). Los beneficiarios podrán presentar una oferta de empleo de trabajo ocasional, el NIF y documento de inscripción de la empresa en la Seguridad Social, y titulación o acreditación de que se posee la capacitación exigida para el ejercicio de la profesión, cuando proceda, debidamente homologada. A efectos de la acreditación de los medios económicos, se tendrán en cuentan los ingresos que puedan obtenerse por medio de trabajos ocasionales siempre que se acredite su obtención futura en el momento de solicitar el visado.
- Jóvenes canadienses que deseen desempeñar labores de voluntariado (beneficiarios del Acuerdo, categoría e). Los documentos requeridos serán los mismos que para un visado de estudios con excepción de la carta de aceptación de la institución académica en España, que será sustituida por una carta de aceptación de la institución donde se vayan a ejercer los servicios de voluntariado.
NOTA:
A los ciudadanos canadienses que tengan planeado estar menos de seis meses se les expedirá un visado con una validez de 6 meses. Ese visado constituye por si mismo, junto con el pasaporte, la acreditación de estancia regular en España por el periodo para el que ha sido concedido. No es necesario que el titular acuda a una Oficina de Extranjeros para solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero.
- Sin embargo, a los ciudadanos canadienses cuya estancia autorizada sea superior a seis meses, se les expedirá un visado con una validez de solo 3 meses. A partir de la entrada en España y mientras el visado esté en vigor, se puede solicitar ante la Oficina de Extranjeros competente la autorización para trabajar siguiendo lo que establece la legislación española (punto 6). En el plazo de un mes desde la fecha de notificación de la concesión de la autorización de trabajo, el ciudadano canadiense deberá solicitar, personalmente y ante la Oficina de Extranjeros competente, la correspondiente Tarjeta de Identidad de extranjero, que incluirá en su reverso el texto “Acuerdo de movilidad de jóvenes España-Canadá”. Sin embargo, la concesión de la tarjeta está vinculada a la obtención de la autorización para trabajar
- Documentación que debe adjuntarse a la solicitud de autorización para trabajar.
Una vez en España, el ciudadano canadiense titular de un visado expedido en base al Acuerdo, incluido en alguna de las categorías previstas en el Acuerdo que prevé la firma de un contrato habrá de presentar, personalmente y ante la Oficina de Extranjeros competente por razón de la provincia española donde se vaya a iniciar la relación laboral, la correspondiente solicitud de autorización de trabajo.
Junto con dicha solicitud, y en función de la categoría del Acuerdo en base a la cual se haya emitido el visado de estancia para larga duración, habrá de presentar la siguiente documentación o, en su caso, habrán de ser comprobados de oficio el cumplimiento de los siguientes requisitos:
- Jóvenes canadienses que deseen obtener una formación adicional en España por medio de un contrato de trabajo predeterminado, deberán aportar:
- Copia completa del pasaporte, en el que habrá de constar un visado de estancia para larga duración, en vigor, expedido en el marco del Acuerdo.
- Documentación que acredite la relación existente entre la formación académica y la actividad a desempeñar de acuerdo con el contrato de trabajo presentado.
- El contrato de trabajo, que habrá de tener una vigencia mínima equivalente a la duración de la estancia solicitada.
- NIF y documento de inscripción de la empresa en la Seguridad Social. De oficio, se realizarán las oportunas comprobaciones sobre que la empresa carece de deudas con la Administración tributaria o de Seguridad Social.
- En su caso, titulación o acreditación de que se posee la capacitación exigida para el ejercicio de la profesión, debidamente homologada.
- En el caso de diplomados canadienses postsecundarios, copia del título de estudios postsecundarios, debidamente homologado.
- En el caso de estudiantes inscritos en un centro de enseñanza postsecundaria en Canadá cuya intención sea viajar a España durante las vacaciones académicas y deseen trabajar de manera ocasional con el fin de aumentar sus recursos económicos, copia del certificado de matriculación en un centro de enseñanza postsecundaria en Canadá.
- Los ciudadanos canadienses que deseen trabajar de manera ocasional con el fin de aumentar sus recursos económicos o para desempeñar labores de voluntariado, deberán presentar:
- Copia completa del pasaporte, en el que habrá de constar un visado de estancia para larga duración, en vigor, expedido en el marco del Acuerdo.
- El contrato de trabajo, en el modelo oficial establecido.
- NIF y documento de inscripción de la empresa u organización del programa de voluntariado en la Seguridad Social.
- En su caso, titulación o acreditación de que se posee la capacitación exigida para el ejercicio de la profesión, debidamente homologada.
- En su caso, documento de la organización del programa de voluntariado, en el que se realice una descripción de las actividades y de las condiciones para realizarlas.
El procedimiento habrá de ser resuelto, y realizada la oportuna notificación, en el plazo de un mes desde la presentación de la solicitud ante la Oficina de Extranjeros, transcurrido el cual la autorización se entenderá concedida por silencio administrativo.
Concedida, en su caso, la autorización de trabajo, por el Delegado o Subdelegado del Gobierno competente, y en el plazo de un mes desde la fecha de notificación de la concesión, se habrá de producir el alta en Seguridad Social del ciudadano canadiense.
- En el caso de estancias superiores a seis meses, se puede solicitar ante la Oficina de Extranjeros competente la autorización para trabajar. En el plazo de un mes desde la fecha de notificación de la concesión de la autorización de trabajo, el ciudadano canadiense deberá solicitar, personalmente y ante la Oficina de Extranjeros competente, la correspondiente Tarjeta de Identidad de extranjero, que incluirá en su reverso el texto “Acuerdo de movilidad de jóvenes España-Canadá”. Sin embargo, la concesión de la tarjeta está vinculada a la obtención de la autorización para trabajar
- Los ciudadanos canadienses participantes en el Acuerdo podrán disfrutar dos veces de la aplicación del presente mismo en concepto de dos categorías diferentes entre las previstas en el punto 1. La duración de cada estancia no podrá rebasar un año. En cualquier caso, deberá existir una interrupción mínima de tres meses entre ambas estancias.
- Los ciudadanos canadienses que permanezcan en España en el marco del Acuerdo deberán atenerse a las leyes y los reglamentos vigentes en España,en particularen lo que concierne al trabajo y al ejercicio de profesiones reguladas.
Para una más amplia información o para cualquier aclaración, póngase en contacto con el Departamento de Visados del Consulado General de España en Montreal (Tel. 514-935-5235 ext. 24).
LA TRAMITACIÓN DE VISADOS RELATIVOS AL ACUERDO ENTRE ESPAÑA Y CANADÁ SOBRE PROGRAMAS DE MOVILIDAD DE JÓVENES OSCILA ENTRE 2 Y4 SEMANAS.
Para una más amplia información o para cualquier aclaración, póngase en contacto con el Departamento de Visados del Consulado General de España en Montreal (Tel. 514-935-5235 ext. 24).
LA DURACIÓN DE LA TRAMITACIÓN DE LOS VISADOS DE LARGA DURACIÓN OSCILA ENTRE 1 Y 3 MESES DEPENDIENDO DE SU MODALIDAD.