sábado 20/03/2010
imagen de cabecera

Visado para actividades artísticas

Visado para actividades artísticas

VISADO PARA ACTIVIDADES ARTISTICAS 

A PARTIR DEL 11 DE ENERO DE 2010 LOS VISADOS EXPEDIDOS POR ESTE CONSULADO GENERAL DEJARÁN DE ESTAR FIRMADOS Y DE TENER PIE DE FIRMA, SIENDO AMBOS SUSTITUIDOS POR UN SELLO CONSULAR.

Estos visados se conceden a los artistas que vengan a España contratados para realizar actuaciones concretas que no supongan una actividad continuada. Estarán incluidas en este supuesto las personas que, de forma individual o colectiva, se desplacen a España para realizar una actividad artística, directamente ante el público o destinada a la grabación de cualquier tipo de difusión, en cualquier medio o local destinado habitual o accidentalmente a especáculos públicos o actuaciones de tipo artístico. Las actividades que se realicen no podrán superar cinco días continuados de actuación o veinte días de actuación en un período inferior a seis meses.

Horario de atención: de lunes a viernes, previa cita, que debe solicitarse enviando un correo a cog.lima@mae.es, con la indicación de los siguientes extremos:

  1. Nombre del grupo o artista.
  2. Nombres y apellidos de los integrantes del grupo.
  3. Nombre, apellidos y teléfono de contacto del representante del grupo.
  4. Empresa española que contrata.
  5. Lugares y fechas de actuación en España.

El día y la hora de la cita serán comunicados igualmente a través de correo electrónico. 

Para que el expediente sea admitido a trámite, el interesado deberá abonar el día de su cita en este Consulado General la tasa de S/. 257.40 (en efectivo y en soles) y presentar personalmente la siguiente documentación:

  1. Formulario de solicitud de visado que se entrega gratuitamente en este Consulado, o podrá descargarse de esta misma página web, debidamente rellenado con letra mayúscula y firmado, al que se le hará una fotocopia, anverso y reverso, una vez cumplimentado, antes de la presentación en este Consulado.
  2. 2 fotografías de frente con fondo blanco, pegadas al original y a la fotocopia del formulario.
  3. Pasaporte con vigencia mínima de 120 días con 2 fotocopias A4 de las páginas 1 y 2 y de la página donde conste la renovación en su caso. El pasaporte deberá encontrarse en perfecto estado. No serán admitidos pasaportes incompletos o dañados.
  4. 2 Fotocopias del contrato de trabajo para el desarrollo de las actividades artísticas, donde deben figurar los nombres de los locales y sus direcciones así como las fechas previstas de actuación.
  5. 2 Fotocopias del Documento Nacional de Identidad del empresario español que firme el contrato.
  6. Documentación que acredite la situación de artista (original y 2 fotocopias).
  7. Dos (2) fotocopias de las escrituras de constitución de la empresa española que contrata.
  8. Dos (2) fotocopias del Número de Identificación Fiscal (N.I.F.) de la empresa española que contrata.
  9. Original y dos (2) fotocopias del certificado de estar al corriente de los pagos de la Seguridad Social de la empresa española que contrata.
  10. En su caso, dos (2) fotocopias del Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) del representante peruano.

La decisión sobre este tipo de visados corresponde a la Dirección General de Asuntos Consulares del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, con lo cual la tramitación de dichos visados puede estimarse en un mes aproximadamente.

Actualizado: 05/01/2010 18:06

© Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de España 2010
© Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de España 2005