sábado 20/03/2010
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Consulado de España en Lima

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes 

1. ¿Cómo obtengo una cita para legalización y/o compulsa de documentos en el Consulado?

Las citas para legalización y compulsa de documentos se obtienen a través de la página www.consuladolima.com.pe. También puede hacerlo a través del sistema que pone a su disposición DHL, al que puede acceder por medio de la misma página.

2. ¿Puedo obtener una cita para legalización y/o compulsa de documentos si mi DNI no está vigente?

No. Deberá renovar su DNI.

3. ¿Qué significa LV ?

Cuando usted solicita una cita para legalización de documentos el programa le pide ingresar datos en la casilla LV. Las siglas LV corresponden al código de verificación o letra de verificación que tiene su DNI peruano y que aparece al final del número situado en el extremo superior derecho de su DNI.

3.a. Tengo problemas para obtener una cita de visados, mi DNI tiene un número en lugar de la LV.

Usted debe comprobar su LV (letra de verificación) en la página oficial de la RENIEC, http://www.reniec.gob.pe/portal/intro.htm en el apartado Validación de Registros de Identidad.

4. ¿Cuál es la tasa a pagar por legalización de documentos?

La legalización de documentos tiene un valor de S/. 26.60 y se abona por cada documento que presente el sello del Ministerio de Relaciones Exteriores peruano.

5. Cuál es la tasa a pagar por compulsa de documentos?

La compulsa o autenticación de documentos tiene un valor de S/. 22.20 y se abona por cada hoja o copia que se presenta.

6. ¿Es lo mismo una legalización y una compulsa o autenticación?

No. A través de la primera este Consulado legaliza la firma del funcionario del Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú. En cambio, a través de la compulsa o autenticación se certifica que la copia de un documento corresponde a su original.

7. ¿Qué debo hacer para compulsar un documento?

Deberá presentar el documento original y una copia de éste de tal manera que se certifique que ésta última corresponde al original.

8. ¿Cómo se compulsa un pasaporte?

Deberá aportar el pasaporte original y una fotocopia de todas sus páginas o cuantas le hayan sido solicitadas en España (este Consulado no exige un número determinado de páginas a presentar) y deberá abonar S/. 22.20 por cada hoja que presente.

9. ¿Es personal la compulsa o legalización del pasaporte?

Es estrictamente personal, para todos los casos, aún tratándose de menores de edad.

10. ¿Qué debo hacer para legalizar un documento?

Para legalizar un documento en este Consulado deberá presentar el documento previamente legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú. La legalización del Ministerio no deberá exceder los 5 años de antigüedad. 

11. ¿Es necesario legalizar documentos que voy a  llevar a España?

Usted debe legalizar en este Consulado cualquier documento peruano que quiere que surta efectos en España. El paso previo es legalizar la documentación por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú.

12. ¿Es necesario conservar mi ticket de legalización?

Es imprescindible ya que sin él no podrá recoger la documentación legalizada.

13. ¿Cuánto tiempo tengo para recoger mis documentos legalizados?

El plazo de recogida de la documentación legalizada es de 3 meses, para lo cual se atiende de lunes a viernes en horario de 2:00 pm. a 3:00pm. Pasado este periodo de tiempo la documentación es desechada.

14. ¿Qué debo hacer para que un poder peruano se haga efectivo en España?

Para que un poder expedido en Perú surta efectos en España deberá ser legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú y, después por este Consulado General.

15. ¿Qué debo hacer para que un documento español, incluidos los documentos notariales otorgados ante Notario español, valga en Perú?

Para que un documento expedido por autoridades españolas surta efectos en Perú deberá ser legalizado en el Consulado de Perú en España y luego por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú.

16. ¿Cómo legalizo documentos si soy ciudadano español?

Deberá presentarse con la documentación que acredite que es ciudadano español (pasaporte, DNI) y aquella que desea legalizar por la ventanilla de atención a ciudadanos españoles de este Consulado sin necesidad de cita, de lunes a viernes en horario de 8:30 am a 13:00 pm.

17. ¿Es necesario legalizar los requisitos que me piden para la visa?

No. Sólo deberá legalizar aquella documentación que se solicita expresamente que sea legalizada en la hoja de requisitos de visado.

18. ¿Es necesario legalizar los documentos que me piden en Registro Civil del Consulado?

No es necesario.

19. ¿Debo presentar todos los requisitos que me piden para la visa o puedo omitir alguno?

El solicitante del visado deberá presentar, sin excepción, toda la documentación que se indica en la hoja de requisitos de visado.

20. ¿Cómo debo presentar el certificado médico para la visa?

El certificado médico (existe un formato especial del cual tienen conocimiento los médicos) podrá ser cumplimentado por cualquier médico colegiado, tanto del sector público como del privado, y su tenor deberá mencionar explícitamente aquello que indica la hoja de requisitos de visado.

21. ¿Cómo consigo un certificado presencial o acta de comparecencia?

Este Consulado no expide esta documentación. Para la tramitación de una oferta de trabajo en España, y para la obtención del visado correspondiente, no es necesario ningún certificado presencial o acta de comparecencia. No obstante, si usted desea obtener alguno de estos documentos, cualquier Notario se lo elaborará y, si desea que después surtan efectos en España, tendrá que legalizarlo ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú y, después, en este Consulado General.

22. La resolución de autorización de trabajo y residencia tiene vigencia limitada y la cita para el visado puede ser muy lejana. ¿Perderá vigencia la resolución de autorización de trabajo y residencia?

No. La obtención de una cita interrumpe el cómputo del plazo y no perjudica la tramitación del expediente de solicitud de visado.

23. ¿Cómo obtengo una cita para visado?

Los visados de Reagrupación familiar con comunitario; novicias, postulantes, monjas y seminaristas no requieren cita alguna. Los visados de Residencia para trabajo por cuenta propia, Residencia no lucrativa y Actividades artísticas se canalizan a través de un correo remitido a:  cog.lima@mae.es  Para todas las demás clases de visados se debe solicitar una cita a través de la página web: www.consuladolima.com.pe.

24. ¿Cuándo y dónde debo abonar la tasa consular para la visa?

Deberá abonar la tasa consular el día asignado en su cita al momento de ser atendido en la ventanilla de visados de este Consulado General.

25. ¿Puedo retornar a España si debido a un imprevisto (robo, extravío) no tengo mi tarjeta de residencia?

No. Un ciudadano peruano residente en España puede ingresar al Perú y retornar a España sin inconvenientes si tiene una tarjeta de residente vigente o, en su defecto, una Autorización de Regreso vigente.

26. ¿Puedo retornar a España si mi tarjeta de residencia ha caducado?

No. Un ciudadano peruano residente en España puede ingresar al Perú y retornar a España sin inconvenientes si tiene una tarjeta de residente vigente o en su defecto una Autorización de Regreso vigente.

27. Mi tarjeta de residencia ha caducado. ¿Puedo retornar a España con el resguardo de recojo de mi nueva tarjeta de residencia?

No. Un ciudadano peruano residente en España puede ingresar al Perú y retornar a España sin inconvenientes si tiene una tarjeta de residente vigente o en su defecto una Autorización de Regreso vigente.

28. ¿Puedo retornar a España si mi Autorización de Regreso ha caducado?

No. Un ciudadano peruano residente en España puede ingresar al Perú y retornar a España sin inconvenientes si tiene una tarjeta de residente vigente o en su defecto una Autorización de Regreso vigente.

29. ¿Puedo retornar a España si viajo después de la fecha límite de mi Autorización de Regreso?

No. Deberá retornar a España antes de que este documento caduque.

30. ¿En qué ocasiones necesito visado de tránsito para ingresar a España?

Se recomienda solicitar este visado a todas las personas que no cuentan con visado Schengen y harán escala en España antes de llegar a su destino final.

31. ¿Para qué países es válido el visado Schengen?

El visado SCHENGEN es válido para ESPAÑA, ALEMANIA, AUSTRIA, BÉLGICA, DINAMARCA, ESLOVAQUIA, ESLOVENIA, ESTONIA, FINLANDIA, FRANCIA, GRECIA, HOLANDA, HUNGRIA, ISLANDIA, ITALIA, LETONIA, LITUANIA, LUXEMBURGO, MALTA, NORUEGA, POLONIA, PORTUGAL, REPÚBLICA CHECHA, SUECIA Y SUIZA.

32. ¿Es necesario que el día de la entrevista esté presente el solicitante de visado?

Sí. La entrevista para la expedición de visado es personal.

33. ¿Con una visa de trabajo puedo llevarme a mis hijos y esposa conmigo?

No. El visado de trabajo no contempla la compañía de hijos ni cónyuge del solicitante del visado. En caso de obtenerse un visado de trabajo, y luego de un año de residencia legal en España, podrá solicitar un visado de reagrupación familiar.

34. ¿Si resido en un país que no es Perú puedo pedir la visa para España?

Sí. Usted puede solicitar el visado en el Consulado de España en su país de origen o en el Consulado de España en el país donde se encuentre residiendo legalmente.

35. ¿Puedo viajar antes o después de las fechas de mi visa?

No. Usted solo podrá viajar a España durante el período asignado en su etiqueta de visado.

36. ¿Cuánto tengo que esperar para viajar si ya me dieron la visa?

Usted puede viajar cuando lo desee o le sea posible dentro del período asignado en su etiqueta de visado.

37. ¿Puedo renovar mi visa si no la he utilizado?

No. Las etiquetas de visado caducan, por lo que, si no es usada durante su período de validez, deberá solicitar una nueva visa.

38. ¿Si me roban el pasaporte con la visa puedo solicitar un duplicado?

No. Deberá solicitar una nueva visa, lo que implica iniciar el trámite desde cero.

39. ¿Por cuánto tiempo se expide una visa como máximo?

Los visados se expiden como máximo por 90 días.

40. Si un visado se expide como máximo por 90 días, ¿qué sucede en caso de que necesite permanecer un tiempo mayor?

Para casos de trabajo, reagrupación familiar y estudios mayores de 90 días, una vez en España, el interesado deberá acudir a la Delegación o Subdelegación de Gobierno de la localidad donde vivirá y solicitar su tarjeta de residencia o estancia por estudios, con la cual podrá permanecer de manera legal el tiempo que deba durar su estadía en España.

41. ¿Quién me puede informar sobre los trámites de homologación de mi título?

Debe ponerse en contacto con la Oficina Cultural de la Embajada de España. Av. Jorge Basadre 498, San Isidro, becasyestudios@speedy.com.pe.

42. ¿Cuáles son los pasos para legalizar un Grado o Título universitario en el Consulado?

El primer paso consiste en presentar por mesa de partes de este Consulado General (calle Los Pinos Nº 490, San Isidro, Lima), o a través de correo certificado dirigido a la dirección mencionada, dos fotocopias tamaño A4 de su Grado o Título Universitario. Una copia es remitida por el Consulado a la Universidad que ha expedido el documento a fin de que confirme la autenticidad del Título. El interesado deberá consultar el estado de su solicitud a través de la página www.consuladolima.com.pe. Cuando su nombre figure en la lista seguido de la palabra “autorizado”, deberá solicitar una cita en la misma página web para legalizar el documento. El día de su cita  deberá presentar su Grado o Título Universitario, original y previamente legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú, para su legalización por este Consulado General.    

43. ¿Pueden celebrarse matrimonios entre ciudadanos peruanos y españoles en el Consulado?

No. En este Consulado no se celebran matrimonios entre ciudadanos peruanos y españoles. Lo que el Consulado sí efectúa es, en los casos procedentes, inscribir en el Registro Civil consular los matrimonios entre españoles y peruanos previamente celebrados en Perú y válidamente inscritos en el RENIEC (Registro Civil) peruano.

44. ¿Qué requisitos debo aportar para inscribir un matrimonio homosexual en el Consulado?

Por instrucciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN) y del Ministerio de Justicia, la inscripción de matrimonios homosexuales no se puede practicar en aquellos Consulados de España situados en territorio de países que no admiten matrimonio entre personas del mismo sexo, como ocurre en Perú. Por ello, debe dirigir su petición al Registro Civil de su domicilio en España, en donde se dará inicio al expediente matrimonial.

45. ¿Se pueden legalizar documentos españoles en el Consulado General de España en Lima?

No. La legalización de cualquier documento español procede en el Consulado del Perú en España.

46. ¿Qué tengo que hacer para llevar mascotas o animales de compañía desde Perú hacia España? 

Si usted tiene una mascota o animal de compañía en Perú y quiere llevarlo consigo a España puede descargar el siguiente archivo: Ingrese aquí.  

Si desea mayor información sugerimos ingresar al siguiente enlace del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino: http://www.mapa.es/es/ganaderia/pags/animales_compania/animales_compania.htm

Actualizado: 05/01/2010 18:18

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