domingo 21/03/2010
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Preguntas frecuentes

Preguntas Frecuentes

Preguntas Frecuentes 

NORMAS SOBRE LOS REQUISITOS DE VIAJE A ESPAÑA PARA MASCOTAS


SEGURO DE EMIGRANTE

El Convenio de Seguridad Social entre los Estados Unidos y España no contempla la reciprocidad en materia de Asistencia Sanitaria,es decir,que los trabajadores españoles que residen en los Estados Unidos y Puerto Rico no tienen la cobertura sanitaria de la Seguridad Social española cuando se desplazan temporalmente a España de acuerdo al Convenio. 

El Convenio Especial de Seguridad Social en materia de Asistencia sanitaria para trabajadores emigrantes en sus desplazamientos ocasionales a España cubre esta carencia respecto de las personas que los sucriben y sus beneficiarios. 

Se solicita a través de la Oficina Laboral en Washington, cuyo teléfono es 1 (202) 728-2331. 

Este seguro puede ser suscrito por:

  • Trabajadores por cuenta ajena en activo.
  • Emigrantes españoles embarcados en buques de bandera norteamericana o de terceros países.
  • Los familiares dependientes de los trabajadores que residan habitualmente en España.

PERMISOS PARA TRANSPORTAR ARMAS DE CAZA


Dirigir carta al Cónsul General pidiendo autorización para llevar las armas a España.  Indicando dirección en España y en Estados Unidos, duración del viaje, marca del arma con el nº de serie y el calibre sin municiones. Presentar fotocopia del pasaporte  y fotocopia del permiso de armas. Solo un máximo de 3 armas serán permitidas.

 

Actualizado: 07/01/2010 19:07

© Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de España 2010
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